STSJ Comunidad Valenciana , 20 de Mayo de 2005

PonenteMARIA DESAMPARADOS IRUELA JIMENEZ
ECLIES:TSJCV:2005:3260
Número de Recurso996/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la Ciudad de Valencia, a veinte de mayo de dos mil cinco.

VISTO por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Srs. D. JOSÉ DÍAZ DELGADO, Presidente, D. MANUEL JOSÉ DOMINGO ZABALLOS y Dña. DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 1083/02 En el recurso contencioso-administrativo núm. 996/2002, interpuesto por D. Lucio , representado por la Procuradora Dña. Teresa Pérez Orero, frente a la Resolución del Conseller de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalidad Valenciana de 6 de marzo de 2002, desestimatoria de la solicitud de suspensión planteada por aquél de la celebración de la venta en pública subasta notarial de dos inmuebles sitos en el término municipal de Guardamar del Segura (Alicante) de la titularidad de la Fundación Asilo Hospital de Nuestra Señora de los Dolores, uno en la AVENIDA000 , nº NUM000 , y otra finca denominada "

DIRECCION000 ".

Al anterior recurso fue acumulado el recurso contencioso-administrativo núm. 1310/2002, interpuesto por D. Alexander y otros, representados por la citada Procuradora Dña. Teresa Pérez Orero, frente a la Resolución del Conseller de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalidad Valenciana de 4 de junio de 2002, desestimatoria del recurso de reposición formulado por los mismos contra la Resolución de la Secretaría General de dicha Conselleria de 30 de noviembre de 2001, por la que se autorizó al Patronato de la Fundación Asilo Hospital de Nuestra Señora de los Dolores de Guardamar del Segura para la venta en pública subasta notarial de los dos inmuebles referidos.

Ha sido parte en autos como Administración demandada la GENERALIDAD VALENCIANA, representada por Letrado de sus Servicios Jurídicos; siendo Magistrada ponente Dña. DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, y seguidos los trámites previstos en la Ley, se emplazó al demandante D. Lucio para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito solicitando se dictara sentencia declarando la nulidad de la resolución de fecha 30-11-2001, por la que se autorizó la subasta de los inmuebles indicados de la Fundación Dolores Viudes Blasco.

SEGUNDO

Se emplazó asimismo a los demandantes D. Alexander y otros para que formalizaran la demanda, lo que verificaron mediante escrito en el que solicitaron se dictase sentencia por la que, estimando el recurso, se anulase y dejase sin efecto el acto administrativo impugnado, con todas las consecuencias jurídicas que esa decisión implicara en orden a reintegrar al patrimonio de la Fundación los inmuebles mencionados, cuya venta fue indebidamente autorizada.

TERCERO

La Administración demandada contestó a las citadas demandas mediante sendos escritos solicitando se dictara sentencia por las que se inadmitiesen los recursos planteados y, subsidiariamente, se desestimasen tales demandas, y se declarase la conformidad a Derecho de la resolución administrativa impugnada.

CUARTO

No habiéndose acordado el recibimiento del proceso a prueba, y no habiéndose solicitado por ninguna de las partes el trámite de vista o conclusiones, se declaró el pleito concluso, quedando los autos pendientes para votación y fallo.

QUINTO

Se señaló la votación para el día quince de abril de dos mil cinco.

SEXTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

D. Lucio deduce el presente recurso contencioso administrativo, según ha sido expuesto, frente a la Resolución del Conseller de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalidad Valenciana de 6 de marzo de 2002, desestimatoria de la solicitud de suspensión planteada por aquél de la celebración de la venta en pública subasta notarial de dos inmuebles sitos en el término municipal de Guardamar del Segura (Alicante) de la titularidad de la Fundación Asilo Hospital de Nuestra Señora de los Dolores, uno en la AVENIDA000 , nº NUM000 , y otra finca denominada " DIRECCION000 ".

Por su parte, los actores D. Alexander y otros impugnan la Resolución del Conseller de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalidad Valenciana de 4 de junio de 2002, desestimatoria del recurso de reposición formulado por los mismos contra la Resolución de la Secretaría General de dicha Conselleria de 30 de noviembre de 2001, por la que se autorizó al Patronato de la Fundación Asilo Hospital de Nuestra Señora de los Dolores de Guardamar del Segura para la venta en pública subasta notarial de los dos inmuebles referidos.

SEGUNDO

Procede, previamente a resolver las cuestiones de fondo, que la Sala se pronuncie sobre la inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo interpuesto por D. Lucio , planteada por la Generalidad Valenciana en su escrito de contestación a la demanda, a tenor de lo establecido en el art. 69.e) de la Ley 29/1998 , alegando que dicho recurso fue presentado fuera del plazo de dos meses establecido en el art. 46.1 de la citada Ley 29/1998 .

Mediante el acuse de recibo unido al folio 385 del expediente administrativo aparece acreditado que la resolución que el citado actor impugna en la presente litis le fue notificada al mismo en fecha 14 de...

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