STSJ Comunidad Valenciana , 12 de Mayo de 2005

PonenteROSARIO VIDAL MAS
ECLIES:TSJCV:2005:3055
Número de Recurso1836/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

Nº 1836/02 RECURSO NÚMERO 1836/02 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA S E N T E N C I A NUM. 864/05 Ilustrísimos Señores Presidente Don JOSE BELLMONT MORA Magistrados Don EDILBERTO NARBON LAINEZ Doña ROSARIO VIDAL MAS En la ciudad de Valencia, a 12 de mayo de 2005.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo número 1836/02, interpuesto por el Procurador DOÑA MARGARITA SANCHIS MENDOZA, en nombre y representación de DOÑA Olga , asistida por el Letrado DOÑA INMACULADA COSTA TORRES, contra la Resolución de la Consellería de Justicia y Administraciones Públicas, V General de Justicia de 6.11.02, habiendo sido parte en los autos la Administración demandada, Generalidad Valenciana, representada por su Letrado, siendo Ponente la Ilma.

Sra. Dña. ROSARIO VIDAL MAS y a la vista de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplica que se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

El representante de la parte demandada, contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, con el resultado que obra en las actuaciones, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para votación y fallo el día 11.5.05.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTACION JURIDICA

PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra el acto administrativo citado sobre la base de que la demandante, el dia 28.5.00 sufrió una caída en el vestíbulo del Palacio sede de este Tribunal, hecho reconocido y por el que la Administración le ha reconocido el derecho a la cantidad de 500 euros, cantidad que no estima ajustada a los daños sufridos y así, no se ha tenido en cuenta el informe obrante en el expediente administrativo, no se ha valorado el empeoramiento de la artrosis y osteoporosis que sufría y que han determinado su incapacidad; la Administración fija un tanto alzado sin establecer los criterios que ha seguido; de la propia resolución se desprende que se ha valorado exclusivamente la incapacidad, no las secuelas que sufre que han supuesto una aceleración de su proceso de salud alterado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • El contencioso ambiental: la larga marcha por el standing to sue en el estado ambiental de derecho
    • España
    • 20 años de la ley de lo contencioso-administrativo Primera sesión Ponencias
    • 1 Mayo 2019
    ...aparatados 4 y 5 y 3.8 del Convenio de Arhus imponen la proporcionalidad de los costes. Muy positiva nos parece en sentido la STSJ de valencia de 12 de mayo de 2005 al afirmar la existencia de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública ex arts. 139 y ss. de la Ley 30/1992 (hoy......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR