STSJ Comunidad Valenciana , 10 de Mayo de 2005

PonenteISABEL MORENO DE VIANA-CARDENAS
ECLIES:TSJCV:2005:2930
Número de Recurso1246/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Social

7 Recurso nº. 1246/05 Recurso contra Sentencia núm. 1246/05 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas Ilma. Sra. Dª María Montes Cebrián En Valencia, diez de mayo de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1465/2005 En el Recurso de Suplicación núm. 1246/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 26 de julio de 2004, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Valencia, en los autos núm. 12938/03 , seguidos sobre elecciones, a instancia de SINDICATO INDEPENDIENTE, asistido por el letrado Jose F. Pérez Llopis, contra CONSELLERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS DE LA GENERALIDAD VALENCIANA, asistida por el letrado Juan Carlos Bretones Gomez, SINDICATO UGT, asistido por el letrado José Pla García, SINDICATO CCOO, asistido por el letrado Miguel Alcocel Maset, SINDICATO STAPV Intersindical Valenciana asistido por el letrado Rafael Martínez Simón, SINDICATO CSI-CSIF asistido por la letrada Concepción Domínguez García, sindicato IGEVA asistido por la letrado Ana Isabel Valenzuela García, Y SINDICATO CGT , y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 26 de julio de 2004 , dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

" Que apreciando la excepción de incompetencia de jurisdicción procede desestimar la demanda interpuesta Sindicato Independiente de la Comunidad Valenciana contra la Consellería de justicia y Administraciones Públicas de la Generalidad Valenciana, y contra los sindicatos UGT, CCOO, STAPV Intersindical Valenciana, CSI-CSIF, e IGEVA y contra el sindicato CGT que no compareció, debo absolver y absuelvo a los demandados en la instancia sin entrar a conocer del fondo de la cuestión debatida, previniendo a la parte actora del derecho que le asiste de plantear sus pretensiones ante los órganos del orden contencioso administrativo de la jurisdicción."

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- En fecha 27-1-03 por parte de la Confederación Sindical del CCOO del P.V. y la Unión General de Trabajadores del P.V. se presentó ante la Oficina Pública el preaviso 46/325/03 para la celebración de

Elecciones a Organos de Representación de los Funcionarios públicos en la Unidad Electoral denominada Servicios Territoriales de Valencia de Funcionarios de la Generalidad Valenciana con domicilio en Valencia y un número de funcionarios de 2934 excluyéndose a los de los Servicios Territoriales de Valencia del Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF), celebrándose elecciones en 7-5-03 participando las organizaciones demandadas. SEGUNDO.- Por su parte las mismas elecciones se promovieron respecto a los servicios territoriales de las Provincias de Castellón y Alicante, determinado impugnaciones ante los tribunales de lo social de las capitales resolviendo el Juzgado de lo Social Numero 3 de Castellón en autos 648/03 en sentencia de 4-1-04 la incompetencia de la jurisdicción social para conocer de la nulidad del preaviso, mientras que el Juzgado de lo Social Número 4 de Alicante, entrando a conocer del fondo del asunto determinó la desestimación de la demanda por entender la procedencia de las elecciones sindicales propias como organismo autónomo del SEVEF en el ámbito autonómico en sentencia dictada en autos 526/03 de 2-1-04 , procesos ambos en los que fue parte demandante el Sindicato Independiente.

TERCERO

En fecha 4-4-03 por parte de la Confederación Sindical del CCOO del P.V. y la Unión General de Trabajadores del P.V. se presentó ante la Oficina Pública el preaviso 46/1291/03 para la celebración de Elecciones a Organos de Representación de los Funcionarios Públicos en la Unidad Electoral denominada Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF) (OO.AA) impugnando el preaviso la Generalidad Valenciana, dictándose laudo en fecha 28-4-03 por el que se determinó que los funcionarios del SERVEF pueden tener su propia junta de personal estimando adecuada la promoción de elecciones con carácter autonomía y no provincial. CUARTO.- Formulada por el Sindicato Independiente demanda ordinaria de impugnación del preaviso electoral 46/1291/03 en autos de registro general 16047/03 del Juzgado de lo Social Número 12 de esta ciudad se dictó sentencia de fecha 10-2-04 por el cual se determinaba la incompetencia de jurisdicción para conocer la nulidad del preaviso electoral al venir referido a miembros de una Junta de personal funcionarial. QUINTO.- Formulada reclamación previa frente a la Generalidad Valenciana en solicitud de nulidad del preaviso 46/325/03 en fecha 7-7-03 la misma no fue estimada y formulada demanda ante el SMAC en fecha 7-7-03 se celebró la conciliación sin avenencia en fecha 22-7-03 formulando demanda en 12-9-03. ".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, habiendo sido debidamente impugnado. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra...

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