STSJ Cataluña 10368, 9 de Mayo de 2005

PonenteMARIA FERNANDA NAVARRO ZULOAGA
ECLIES:TSJCAT:2005:10368
Número de Recurso545/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución10368
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso nº 545.99 Partes: Rubén Ayuntamiento de Barcelona SENTENCIA Nº 566 Ilmos. Sres. Magistrados:

Don Emilio Berlanga Ribelles Doña Mª Fernanda Navarro de Zuloaga Don Jordi Morató Aragonés Pamies En la ciudad de Barcelona, a nueve de mayo de dos mil cinco.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (SECCIÓN SEGUNDA), constituída para la resolución de este recurso, ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso-administrativo nº 545/99, interpuesto por Don Rubén , representado por el Procurador de los Tribunales Don Jose M. Fernández-Aramburu Torres contra el Ayuntamiento de Barcelona, representado por la Procuradora Doña Berta Jorba Pamies.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra Magistrada DOÑA Mª Fernanda Navarro de Zuloaga, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso- administrativo contra la desestimación por silencio por el Ayuntamiento de Barcelona de la solicitud de indemnización en cuantía de 410.540 pesetas por consecuencia del accidente sufrido en la vía pública.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación del acto objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Se abrió a prueba y practicada la misma conforme obra en autos, se continuó el proceso por los trámites jurisdiccionales y finalmente se señaló día y hora para votación y fallo que tuvo lugar el 2 de mayo de 2005.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La recurrente impugna la desestimación por silencio del Ayuntamiento de Barcelona de la solicitud de indemnización formulada por el actor en cuantía de 410.540 de las antiguas pesetas por consecuencia del accidente sufrido en la vía pública, más concretamente en la Avenida Josep Tarradellas de Barcelona.

SEGUNDO

Al objeto de analizar la cuestión de fondo es preciso destacar que:

  1. El accidente, cuya veracidad no puede ponerse en duda por esta Sala al no concurrir ningún elemento que pueda desvirtuarlo, se produjo en fecha 2.12.97 en la Avda Josep Tarradellas, mientras el actor conducía la motocicleta Honda modelo visión 49 cc, a las 17.50 horas aproximadamente.

  2. Recoge el atestado levantado este mismo día que manifestó el conductor que circulaba procedente de la Avda Josep Tarradellas, por la parte izquierda de la calzada del tramo donde esta vía confluye con c/

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