STSJ Cataluña , 24 de Febrero de 2005

PonenteJOSE JUANOLA SOLER
ECLIES:TSJCAT:2005:2405
Número de Recurso12/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso 12/2002 S E N T E N C I A núm. 147 Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. José Juanola Soler D. Manuel Táboas Bentanachs D. Francisco López Vázquez Barcelona, a veinticuatro de febrero del año dos mil cinco.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el presente recurso contencioso administrativo, seguido entre partes: como parte demandante, los Sres. Rosario y Juan Manuel , representada por el procurador/a Don/Doña FRANCISCO JAVIER MANJARIN ALBERT; como parte demandada, el Ayuntamiento de PALAU - SOLITA I PLEGAMANS, representada por el procurador/a Don/Doña VERONICA COSCULLUELA MARTINEZ-GALOFRE; sobre urbanismo gestión.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Juanola Soler.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra desestimación por silencio administrativo de la solicitud dirigida el 2.8.2001 al Ayuntamiento de PALAU SOLITA I PLEGAMANS por Doña. Rosario y Juan Manuel , para que rectificara la inclusión de dos fincas en el Proyecto de Reparcelación meramente económica del Plan Parcial de Can Mayol, como propiedad originaria del Sr Juan Manuel .

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, y admitido a trámite y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictara Sentencia estimatoria de la demanda articulada.

  3. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  4. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 2.2.2005.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión actora de que se rectifique la inclusión de dos fincas en el Proyecto...

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