STSJ Murcia , 14 de Marzo de 2005

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2005:247
Número de Recurso231/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00351/2005 ROLLO Nº: RSU 00231/2005 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a catorce de Marzo de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOSÉ

ABELLÁN MURCIA y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por don Gregorio , contra la sentencia número 55602310404 del Juzgado de lo Social número 1 de Murcia, de fecha 20 de diciembre, dictada en proceso número 701/2004 , sobre despido, y entablado por don Gregorio frente a Mercamurcia SA. Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "1.- Don Gregorio , trabajó para la empresa Mercamurcia, S.A., desde el 3 de mayo de 2004, con categoría de peón de industria cárnica, en el centro de trabajo de Ctra. de Mazarrón km. 2, El Palmar (Murcia), dedicada a matadero y despiece de reses, con salario incluida prorrata de extras de 46'11 día y a efectos de trámite de 46'11 día, que, no era delegado de personal dinsical o miembro del comité de empresa. 2.- El actor concertó contrato temporal de duración determinada, que en su cláusula adicional señalaba que era por acumulación de tareas en el matadero, debido a un aumento de sacrificios de reses. Se prorrogó hasta el 2 de octubre de 2004. El actor inició incapacidad temporal el 23 de agosto de 2004, situación en la que sigue. El 29 de septiembre de 2004 compareció en la empresa y se le intentó entregar preaviso de finalización de contrato, negándose a firmarlo y haciéndolo cuatro compañeros por él. 3.- El número de reses sacrificadas en la empresa ha sido desde mayo:

AÑO 2004 VACUNO OVINO PORCINO Mayo 571.403 122.701 950.109 Junio 575.779 140.909 962.151 Julio 576.481 142.138 988.349 Agosto 607.959 145.902 1.018.261 Septiembre 629.780 149.830 1.054.306 Octubre 629.435 174.292 1.069.849 Noviembre 646.417 180.844 1.096.372 Diciembre "; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por don Gregorio contra Mercamurcia S.A., debo absolver y absuelvo a ésta de aquélla por inexistencia de despido, al haberse extinguido el contrato por causa legal".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Vicente Sanmartín Aisa, en representación de la parte demandante, con impugnación del Letrado don Guillermo Martínez-Abarca Ruiz-Funes, en representación de la parte demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor don Gregorio presentó demanda, sobre despido, contra la empresa Mercamurcia, S.A., en reclamación de que se declare la improcedencia del despido de que había sido objeto, debido a que el contrato se ha celebrado en fraude de ley; demanda que fue desestimada por el Juzgado a quo al considerar que el contrato tiene naturaleza temporal, teniendo su causa en el aumento de la producción, por lo que llegado su vencimiento se le comunicó el cese en la empresa.

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