STSJ Comunidad de Madrid , 19 de Septiembre de 2005

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2005:9328
Número de Recurso978/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 978/03 T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1 MADRID SENTENCIA: 00990/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA RECURSO nº 978/03 SENTENCIA NÚM.990 PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García Dª. Francisca Rosas Carrión D. María Jesús Vegas Torres D. José Félix Martín Corredera D. Francisco Javier Sancho Cuesta En Madrid, a diecinueve de septiembre de dos mil cinco.

Vistos por la Sala, constituida por los Sres. del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo nº 978/03 , interpuesto por la Procuradora Dª. Estrella Moyano Cabrera, en nombre de D. Joaquín , contra resolución presunta de la Dirección General de la Policía, desestimatoria del recurso interpuesto contra la dictada en fecha 1.3.2003 por la Jefatura del Puesto Fronterizo del Aeropuerto de Madrid - Barajas; siendo parte la Administración General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la parte demandada para contestación a la demanda, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando se dictase sentencia desestimatoria.

TERCERO

No habiendo lugar al recibimiento del pleito a prueba, y no habiéndose solicitado por las partes la celebración de vista ni la presentación de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 16-6-05, fecha en que tuvo lugar.

CUARTO

En la tramitación de este proceso se han observado las prescripciones legales, a excepción del plazo para dictar sentencia por causa de la carga competencial y del permiso de vacaciones anuales de la Magistrada Ponente.

Siendo Ponente la Sra. Magistrado Dª Francisca Rosas Carrión

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este proceso la resolución presunta de la Dirección General de la Policía, desestimatoria del recurso interpuesto contra la dictada en fecha 1.3.2003 por la Jefatura del Puesto Fronterizo del Aeropuerto de Madrid - Barajas, mediante la que se denegó la entrada en territorio español a don Joaquín , nacional de Ecuador, y se ordenó su retorno al lugar de procedencia.

La actuación administrativa impugnada, con invocación del artículo 25 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social , tuvo por fundamento la falta de presentación de los documentos justificativos del objeto y de las condiciones de la estancia prevista, exigibles por la legislación vigente para autorizar al recurrente la entrada en territorio nacional por motivos de turismo.

SEGUNDO

El punto 1 del artículo 25 de la Ley Orgánica citada dispone que el extranjero que pretenda entrar en España deberá hacerlo por los puestos habilitados al efecto, hallarse provisto del pasaporte o documento de viaje que acredite su identidad, que se considere válido para tal fin en virtud de convenios internacionales suscritos por España y no estar sujeto a prohibiciones expresas. Asimismo, deberá presentar los documentos que se determinen reglamentariamente que justifiquen el objeto y condiciones de estancia, y acreditar medios de vida suficientes para el tiempo que pretenda permanecer en España, o estar en condiciones de obtener legalmente dichos medios.

Recurriéndose en el proceso una actuación administrativa posterior al día primero de agosto del año 2001, en que entró en vigor el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio , por el que se aprobó el Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social , reformada por Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre , habrá...

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