STSJ Comunidad de Madrid , 25 de Enero de 2005

PonenteMARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ RODRIGO
ECLIES:TSJM:2005:555
Número de Recurso1861/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8 MADRID SENTENCIA: 00043/2005 S E N T E N C I A nº 4 3 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION OCTAVA Ilmos. Sres.

Presidente Doña Inés Huerta Garicano Magistrados Don Miguel Angel Vegas Valiente Doña Carmen Rodríguez Rodrigo

En Madrid, a veinticinco de enero de dos mil cinco.

Visto por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Admnistrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el recurso contencioso-administrativo número 1.861/2002, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Doña Marta Saint-Aubin Alonso en nombre y representación de Don Lázaro , contra la resolución de fecha 31 de julio de 2002 dictada por el Secretario General Técnico de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid que desestima el recurso ordinario interpuesto contra anterior resolución de 29 de enero de 2002 de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda por la que se inadmite a trámite la solicitud de ayuda económica complementaria de la C. A. M. para la adquisición de vivienda ya construida en la CALLE000 nº NUM000 , NUM001 NUM002 de Madrid, prevista en el artículo 40.2 del Decreto 11/2001, de 25 de marzo , sin perjuicio de la resolución que se dicte sobre la solicitud de financiación cualificada al amparo del R. D. 1.186/1998 de 12 de junio.

Siendo parte demandada la Comunidad Autónoma de Madrid representada y defendida por el Letrado Don Francisco Javier Izquierdo Fabre.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, en el que suplica se dicte sentencia por la que, estimando el recurso, se revoquen los acuerdos recurridos y se admita a trámite la ayuda económica complementaria.

SEGUNDO

El Letrado de la Comunidad de Madrid contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el pleito a prueba, y no evacuado el trámite de conclusiones prevenido por la Ley, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para votación y fallo del presente proceso se señaló la audiencia del día once de enero de dos mil cinco, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Ilustrísima Señora Doña Carmen Rodríguez Rodrigo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se dirige contra la resolución de fecha 31 de julio de 2002 dictada por el Secretario General Técnico de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid que desestima el recurso ordinario interpuesto contra anterior resolución de 29 de enero de 2002 de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda por la que se inadmite a trámite la solicitud de ayuda económica complementaria de la C. A. M. para la adquisición de vivienda ya construida en la CALLE000 nº NUM000 , NUM001 NUM002 de Madrid, prevista en el artículo 40.2 del Decreto 11/2001, de 25 de marzo , sin perjuicio de la resolución que se dicte sobre la solicitud de financiación cualificada al amparo del R. D. 1.186/1998 de 12 de junio.

Pretende la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR