STSJ Canarias 5441, 28 de Diciembre de 2005

PonenteJAIME BORRAS MOYA
ECLIES:TSJICAN:2005:5441
Número de Recurso118/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución5441
Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (LAS PALMAS)

Ref.- R.C.A. Nº 118/05, apelación SENTENCIA num Ilmos. Sres.

Presidente: Don Francisco José Gómez Cáceres.

Magistrados: Don Jaime Borrás Moya.

Don Nicolás Martí Sánchez.

En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de diciembre de 2.005.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, el presente recurso nº .118/05, apelación, en el que son partes, como apelante, Jose Enrique , representado por el Procurador Sr. Marrero Alemán, y como apeladas, la Comunidad Autónoma de Canarias, representada por la letrada de sus servicios jurídicos, y Gerardo , representado por el letrado Sr. Pérez Meléndez, versando la misma sobre impugnación de sentencia desestimando el recurso interpuesto por el Sr. Jose Enrique contra la desestimación de alzada contra la resolución del Servicio Canario de Salud de finalización de la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas del personal estatutario de la categoría y especialidad de cirugía torácica.

ANTECEDENTES DE HECHO

.

PRIMERO

Mediante sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Las Palmas de Gran Canaria de fecha 4 de mayo de 2.005 se desestimó el recurso interpuesto por la representación de Jose Enrique contra la resolución desestimatoria de alzada contra la resolución del Servicio Canario de Salud indicado en el encabezamiento del presente fallo.

SEGUNDO

Frente a tal resolución se interpuso recurso de apelació ;n por el Procurador Sr. Marrero Alemán en representación de Jose Enrique , interesando la revocación de la misma con declaración del derecho del recurrente a obtener la puntuación interesada.

TERCERO

Finalizado el periodo probatorio se trajeron los autos a la vista con citación de partes para sentencia, con señalamiento del dí a veintitrés de diciembre del presente año para votación y fallo, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Jaime Borrás Moya, que expresa el parecer unánime de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

.

PRIMERO

La cuestión a discernir en el presente procedimiento consiste en determinar si la resolución del Juzgado número tres antes indicada es o no ajustada a derecho, alegando la parte apelante que la resolución de que se trata debió apreciar la previsión del art. 6,3 de la ley 16/01 de 21 de noviembre , respondiendo la sentencia al esquema propio del mecanismo ordinario de provisión de puestos de trabajo, siendo así que estamos en presencia de una convocatoria de carácter excepcional con el objetivo de transformar el actual empleo temporal en nombramientos estatutarios fijos, como señala la exposición de motivos de la citad ley. Alegó asimismo que el art. 6,1,1 de la misma valora los servicios prestados cualquiera que sea el momento en la especialidad en la que se concursa, no tratándose, pues, de servicios prestados como médico especialista,...

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