STSJ Canarias 4331, 31 de Octubre de 2005

PonenteJUAN IGNACIO MORENO-LUQUE CASARIEGO
ECLIES:TSJICAN:2005:4331
Número de Recurso637/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución4331
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 315

En Santa Cruz de Tenerife , a 31 de octubre de 2005 .

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Santa Cruz de Tenerife, constituída por los Iltmos. Sres. Magistrados Don Pedro Hernández Cordobés, Presidente, D. Helmuth Moya Meyer y Don Juan Ignacio Moreno Luque Casariego.

Visto por esta TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS. SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO. Sección Segunda. con sede en Santa Cruz de Tenerife , integrada por los Sres.

Magistrados, el recurso Contencioso-Administrativo número 0000637/2005 , (925/2002 secc 1) interpuesto por Patricia , representado el Procurador de los Tribunales D./Dña. Jose Alberto Poggio Morata , contra Gerencia Municipal De Urbanismo De Santa Cruz De Tenerife , habiendo comparecido, en su representación y defensa el servicio jurídico de la administración demandada , y contra la Junta de compensación Plan Parcial "el partido II" representada por Doña Carmen Guadalupe García versando sobre la impugnación del acuerdo del area de Gestion Urbanistica del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife de 13 de junio de 2002 por el que se aprueba la escritura de constitución de la Junta de compensación en el ámbito del Partido II. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON. Juan Ignacio Moreno Luque Casariego.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La representación de la parte actora interpuso recurso contencioso administrativo con fecha 24 de septiembre de 2002 .

Admitido a trámite se dió al mismo la publicidad legal y se reclamó el expediente administrativo; recibido se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito que en lo sustancial se da por reproducido y en la que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que se declare: La nulidad de la resolución que se recurre .

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por término legal a la representación procesal de la Administración demandada quién contestó por medio de escrito oponiéndose al recurso y solicitando su desestimación en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Recibido el Juicio a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conslusiones que obran unidos al recurso y señalándose el día para su votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones prevenidas en la Ley en la tramitación de este recurso jurisdiccional.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Que el objeto del presente recurso es la...

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