STSJ Canarias , 30 de Septiembre de 2005
Ponente | JAIME BORRAS MOYA |
ECLI | ES:TSJICAN:2005:3752 |
Número de Recurso | 369/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (LAS PALMAS)
Ref.- R.C.A. nº 369/02 SENTENCIA num Ilmos. Sres.
Presidente: Don Francisco José Gómez Cáceres.
Magistrados: Don Jaime Borrás Moya.
Don Nicolás Martí Sánchez.
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a treinta de septiembre de 2.005.
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, el presente recurso nº .369/02, en el que son partes, como recurrente, Plácido , actuando en su propia representación, y como demandada, la Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado, versando la misma sobre impugnación de resolución desestimatoria de solicitud de abono del complemento de productividad correspondiente al período en que no realizó cometido policial alguno por encontrarse en situación de incapacidad temporal por enfermedad común, y siendo su cuantía indeterminada pero en todo caso inferior a veinticinco millones de pts.
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Mediante resolución de la Dirección General de la Policía de fecha 1 de marzo de 2.002 se desestimó la petición formulada por el funcionario del Cuerpo Nacional de Policía Plácido en orden al abono al mismo del complemento de productividad en la cuantía que venía percibiendo durante el período en que no prestó servicio por encontrarse en situación de incapacidad temporal por enfermedad común, período en que le fue suprimido dicho complemento.
Frente a tal resolución se interpuso recurso contencioso administrativo por Plácido , actuando en su propia representación, formulandose en el momento correspondiente la demanda interesando la anulación del acto administrativo impugnado con declaración del derecho del recurrente al abono solicitado.
Por su parte, la Administración demandada se opuso al recurso interesando su desestimación.
Finalizado el periodo probatorio se dio traslado a las partes para conclusiones, tras lo cual se trajeron los autos a la vista con citación de partes para sentencia, con señalamiento del día treinta de septiembre del presente año para votación y fallo, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Jaime Borrás Moya, que expresa el parecer unánime de la Sala.
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La cuestión a discernir en el presente procedimiento consiste...
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