STSJ Aragón , 23 de Mayo de 2005

PonenteLUIS FERNANDEZ ALVAREZ
ECLIES:TSJAR:2005:1336
Número de Recurso622/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO - SECCIÓN TERCERA - RECURSO Nº 622/01-C SENTENCIA N° 369 de 2.005 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE:

D. LUIS FERNÁNDEZ ALVAREZ MAGISTRADOS:

D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH D. MANUEL SERRANO BONAFONTE En Zaragoza a 23 de mayo de 2005.

En nombre de S.M. el Rey. VISTO por la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón el presente recurso contencioso-administrativo n° 622/01-C, seguido entre partes, de la una como demandante D. Roberto , mayor de edad y vecino de Graus (Huesca), representado por el Procurador D. Fernando Peiré Aguirre y dirigido por la Letrada Da Ana I. Dominguez Carabantes, y de la otra como demandada la Diputación General de Aragón, representada y dirigida por el Letrado de la Comunidad Autónoma, versando el juicio, que se sustanció por los trámites del procedimiento ordinario, sobre impugnación del acto administrativo presunto del Consejero de Agricultura de la Diputación General de Aragón, por el que se desestima el recurso de alzada interpuesto por el Sr. Roberto contra la resolución del Director General de Producción Agraria de 27 de noviembre de 2000, que le denegaba parte de la ayuda solicitada en la campaña de comercialización 2000/2001 (cosecha del año 2.000).

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador Sr. Peire Aguirre, en la representación que ostenta, formuló recurso contencioso-administrativo contra la resolución indicada en el encabezamiento de ésta sentencia, mediante escrito que tuvo entrada en la Secretaria de este Tribunal en fecha 26 de septiembre de 2001.

SEGUNDO

Admitido a trámite el recurso, y tras la recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda en la que la parte actora, después de alegar los hechos y fundamentos de derecho que creyó pertinentes, terminó suplicando se dicte sentencia por la que se fije que tiene derecho a ayuda por las hectáreas sembradas de girasol, así como por 8'68 hectáreas como tierras destinadas a retirada voluntaria.

TERCERO

Efectuado el traslado de la demanda, el Letrado de la Comunidad Autónoma de Aragón, en nombre y representación de la Administración demandada, contestó mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando se desestimara el recurso interpuesto.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba, se practicó la testifical con el resultado que obra en autos, y una vez terminado el periodo de prueba, se formularon conclusiones escritas, fijándose para votación y fallo el día 9 de mayo del presente año.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. LUIS FERNÁNDEZ ALVAREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso contencioso-administrativo es la impugnación del acto administrativo presunto del Consejero de Agricultura de la Diputación General de Aragón, por el que se desestima el recurso de alzada interpuesto por el Sr. Roberto contra la resolución del Director General de Producción Agraria de 27 de noviembre de 2000, que le...

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