STSJ Castilla y León 67, 9 de Enero de 2006

PonenteMANUEL MARIA BENITO LOPEZ
ECLIES:TSJCL:2006:67
Número de Recurso2245/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución67
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 02245/2005 Rec. Núm. 2245/05 Ilmos. Sres.:

D. Gabriel Coullaut Ariño Presidente D. Manuel Mª Benito López D. Juan José Casas Nombela En Valladolid a nueve de enero de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 2245/05 interpuesto por D. Roberto contra la Sentencia del Juzgado de lo Social 1 de León de fecha 27 de septiembre de 2005, recaída en autos nº 445/05 , seguidos a virtud de demanda promovida por precitado recurrente contra INSS-TGSS, sobre INCAPACIDAD PERMANENTE, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Manuel Mª Benito López.

ANTECEDENTES DE HECHO
primero

Con fecha 10 de junio de 2005, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social 1 de León demanda formulada por D. Roberto en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia desestimando referida demanda.

Segundo

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante, DON Roberto, nacido el día 4 de mayo de 1955 figura afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM000, siendo su profesión habitual la de Oficial de 2ª celador de SINTEL. SEGUNDO.- El día 28 de febrero de 2005 el actor solicitó del Instituto Nacional de la Seguridad Social la prestación de invalidez permanente derivada de enfermedad común. Tramitado el expediente administrativo, que obra en autos y se da aquí por reproducido en su integridad, la Entidad Gestora dictó resolución el día 21 de marzo de 2005 denegándole la prestación solicitada, contra esta resolución formuló el demandante escrito de reclamación previa, la cual resultó desestimada por otra fechada el día 12 de mayo siguiente. TERCERO.- El demandante presenta: infarto agudo de miocardio postero-inferior tratado con fibrinolisis en diciembre de 1999, hipocinesia infero-basal leve-moderada con FE 74%, insuficiencia mitral moderada; ergometría realizada en diciembre de 1999 clínica y eléctricamente negativa a los 7,20 minutos; a tratamiento con betabloqueantes. CUARTO.- La base reguladora de la prestación asciende a la cantidad de 1.050´82 euros mensuales".

Tercero

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