STSJ Canarias 162/2007, 6 de Febrero de 2007

PonenteJAIME BORRAS MOYA
ECLIES:TSJICAN:2007:4555
Número de Recurso180/2007
Número de Resolución162/2007
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA num 162/07

Ilmos. Sres.

Presidente: Don Francisco José Gómez Cáceres.

Magistrados: Don Jaime Borrás Moya.

Don Javier Varona Gómez Acedo.

En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a dieciséis de noviembre de 2.007.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, el presente recurso nº.180/07, apelación, en el que son partes, como apelante, Luis Francisco , representado por la Procuradora Sra. Viera Cabrera, y como apelada, la Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado, versando la misma sobre impugnación de sentencia desestimatoria de recurso contra resolución de la Dirección General de Tráfico denegando la nulidad de la resolución desestimatoria de petición del recurrente de canje de permiso de conducir.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número cinco de Las Palmas de fecha 6 de febrero de 2.007 se desestimó el recurso interpuesto por la representación de Luis Francisco contra la resolución de la Dirección General de Tráfico reseñada en el encabezamiento del presente fallo.

SEGUNDO

Frente a tal resolución desestimatoria se interpuso recurso de apelación por la Procuradora Sra. Viera Cabrera en representación de Luis Francisco , interesando la revocación de la misma con estimación del recurso deducido en primera instancia.

TERCERO

Por su parte, la Administración apelada se opuso al recurso interesando su desestimación.

CUARTO

Finalizado el periodo probatorio se trajeron los autos a la vista con citación de partes para sentencia, con señalamiento del día dieciséis de noviembre del presente año para votación y fallo, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Jaime Borrás Moya, que expresa el parecer unánime de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión a discernir en el presente procedimiento consiste en determinar si la resolución desestimatoria antes indicada del Juzgado número cinco en relación con la pretensión del recurrente asimismo reseñada es o no ajustada a derecho, alegando la apelante que se le ha causado indefensión al denegar la prueba interesada consistente en librar atento oficio a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de la ciudad de Pasco, en Perú, para que por quien corresponda secertifique que el Sr. Luis...

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