STSJ Canarias 919/2006, 19 de Julio de 2006

PonenteMARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2006:3474
Número de Recurso1984/2003
Número de Resolución919/2006
Fecha de Resolución19 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª Nuria contra Sentencia de fecha 17 de junio de 2003 dictada en los autos de juicio nº 0000480/1999 en proceso sobre PRESTACIONES , y entablado por

D./Dña. Nuria , contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL .

El Ponente, el Iltmo./a Sr./a. D./Dña. Mª Jesús García Hernández , quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente

PRIMERO

La demandante, nacida el 9-07-1945, tiene como profesión habitual la de empleada de hogar, estando adscrita al régimen especial correspondiente, siendo su base reguladora a los efectos de esta litis de 67.268 ptas, es decir, 404,29 euros.

SEGUNDO

Tras un proceso de IT, se inició expediente de invalidez en el que el 4-03-1999, se emitió informe médico de síntesis con el contenido obrante en autos, recayendo dictamen- propuesto del EVI el 8-03-1999 que determinaba como cuadro clínico residual "valvulopatia mitral con prótesis mecánica desde 1995, actualmente en grado funcional II-III, síndrome de ansiedad y hernia de hiato", entendiendola limitada para actividades que requieran esfuerzos continuados, proponiéndose la declaración de incapacidad permanente total, siendo así resuelto por la Dirección Provincial de INSS el 6-04-1999, formulándose reclamación previa que fue desestimada.

TERCERO

Las dolencias que presentaba la demandante eran realmente las descritas por el EVI en marzo de 1999, que le produce un cuadro de ahogo y asfixia ante esfuerzos medianos o grandes, no estándole contraindicadas las actividades de carácter sedentario o que no conllevan esfuerzos físicos. SEGUNDO.- La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: que, desestimando totalmente la demanda interpuesta por Nuria contra Inss, debo absolver y absuelvo a la expresada demandada de cuantos pedimentos se formulan contra ella en la demanda. TERCERO.- Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación, que fue impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Mostrando su disconformidad con el grado de invalidez -total- reconocido en vía administrativa, Dª Nuria acude a esta jurisdicción interesando el grado absoluto de invalidez. No se estima su solicitud en la instancia y recurre en suplicación articulando un motivo revisorio, al amparo del ap. b/ artículo 191 Ley Procedimiento Laboral , y otro de censura jurídica, denunciando por el cauce del ap. c/ del mismo artículo 137 Ley General Seguridad Social, lo que se impugna por la dirección legal del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

SEGUNDO

En relación al relato de hechos probados interesa la recurrente con sustento en los informes médicos emitidos por la Dra. Dª Carla , la adición al ordinal 3º del texto siguiente:

"situación que impide que la actora se halle capacitada para realizar cualquier tipo de actividad física y por tanto el desempeño de cualquier tipo de trabajo".

El motivo ha de ser desestimado.

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