STSJ Galicia 1/2006, 14 de Marzo de 2006

PonentePABLO ANGEL SANDE GARCIA
ECLIES:TSJGAL:2006:838
Número de Recurso1/2005
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución1/2006
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Civil y Penal

SENTENCIA NÚMERO 1

PRESIDENTE: Ilmo. Sr.:

D. Juan José Reigosa González

MAGISTRADOS: Ilmos. Sres.:

D. Pablo Saavedra Rodríguez

D. Pablo A. Sande García

A Coruña, catorce de marzo de dos mil seis.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los magistrados expresados al margen, vio

en grado de apelación el procedimiento del Tribunal del Jurado seguido en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de

Ourense (rollo número 1/2005), partiendo de la causa que con el número 1 de 2003 tramitó el Juzgado de Instrucción número 2de Ourense por los delitos de falsedad en documento mercantil y malversación de caudales públicos contra la acusada Ana María . Son partes en este recurso, como apelante dicha acusada, representada por el procurador don Gonzalo Lousa

Gayoso y asistida por el letrado don Alfonso Pazos Bande, y como apelados el Ministerio Fiscal, representado por el Ilmo. Sr.

don José Ramón Piñol Rodríguez y la acusación particular Concello de Ourense, representada por el procurador don Javier

Bejerano Fernández y asistida por la letrada doña Gemma Tamargo Suárez.

Es Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pablo A. Sande García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia dictada con fecha veintiocho de septiembre de dos mil cinco por el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente del Tribunal del Jurado constituido en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ourense, contiene los siguientes hechos probados con sujeción al veredicto del Jurado:

Está probado y así se declara que en el año 1997 la acusada Dª. Ana María , mayor de edad y sin antecedentes penales, desempeñaba funciones como auxiliar administrativo en el pabellón municipal de deportes, dependiente directamente del Consejo Municipal de Deportes, organismo autónomo del Ayuntamiento de Ourense, teniendo hasta el mes de abril de 2002 horario de mañana y tarde, desde las 10 a las 13 horas y de las 16 a las 20 horas. A partir de ese momento tenía jornada en mañana o tarde, por quincenas alternas. La ocupación principal de Dª. Ana María era la atención al público en la ventanilla de las dependencias administrativas del pabellón y dentro de la misma la tramitación de las altas y bajas de los socios de éste. Dentro de esa función percibía el precio de las altas así como de los demás servicios que prestaba el Pabellón. En la misma oficina de Dª. Ana María trabajaban Dª. Esther y Dª. Juana como personal laboral fijo y en otras ocasiones y de manera eventual prestaron sus servicios desde el año 1997 hasta 2002 Mónica , D. Agustín y Dª. Virginia , teniendo la llave todos ellos para el acceso a las oficinas de la administración del pabellón; en estas oficinas se encontraba una caja fuerte que era accesible por los trabajadores de la oficina y no sólo Dª. Ana María sino otros trabajadores de la oficina del Consejo y el Administrador tenían acceso a la caja registradora que se encontraba en aquélla y al ordenador en el que se plasmaban las operaciones de altas y bajas de abonados. Ocasionalmente, cuando había exceso de trabajo en la atención al público o cuando quedaban particulares sin atender a la extinción de la jornada laboral de Dª. Ana María , en las vacaciones de Dª. Ana María o cuando ésta se ausentaba de su puesto de trabajo en la ventanilla, ésta era atendida por Dª. Esther o por Dª. Juana o por Dª. Mónica o por Dª. Virginia o por Agustín .

Dª. Ana María , en el desempeño de su labor, para dar de alta a un socio o renovar el abono de éste, recibía el dinero y lo ingresaba en la caja, tecleando el importe recibido. A continuación introducía los datos del abonado así como el importe satisfecho en el ordenador donde se encontraba el programa de gestión de abonados y entregaba un recibo que permitiría al interesado por el espacio de un mes entrar en las instalaciones del Pabellón. Al finalizar la jornada sacaba un listado de ordenador en el que figuraban todas las altas y bajas de socios que en el día de la fecha se habían producido así como el importe que habían abonado. También sacaba una tira de la caja registradora, llamada "Z" en la que figuraba el importe de la recaudación de la caja, que coincidía, salvo un posible error, con la cantidad consignada en el otro listado y con el metálico recaudado. El dinero, el listado y el tiquet de caja se introducían en un sobre que a su vez era metido dentro de la caja fuerte de la oficina, ubicada en el despacho del administrador del Pabellón D. Luis María . Este procedimiento era igualmente realizado por cualquier persona que atendiera la ventanilla.

En algunas ocasiones Dª. Ana María no introducía el dinero que le era entregado en la caja sino que se apropiaba del mismo. No obstante tecleaba los datos del particular en el ordenador y entregaba a éste el correspondiente recibo. En otras ocasiones Dª. Ana María introducía el dinero en la caja registradora, sin embargo a continuación lo sacaba tecleando un apunte negativo por idéntica cantidad. A continuación introducía en el ordenador la baja del abonado, de forma que en el listado, que al finalizar la jornada habría de expedirse, constaría un alta y la posterior baja, compensando, en su caso, el ingreso con la devolución, de forma que el importe de la operación era cero. Para evitar que al abonado no le fuera entregado el carné de acceso, al estar dado de baja, al día siguiente borraba ésta, de forma que en el ordenador sólo aparecía un alta lo que permitiría que le fuera entregado el carné correspondiente.Otras veces, Dª. Ana María realizaba el cierre de caja antes de la finalización de la jornada, sacando entonces el listado de abonados realizados hasta ese momento y el de cierre de caja "Z", documentos que mostraban la cantidad de dinero que efectivamente se había recaudado hasta ese momento. A pesar de ello continuaba dando altas, recibiendo el correspondiente dinero del que se apropiaba y tecleando los datos de los socios y el importe abonado en el ordenador, sin que se pudiera detectar tal proceder al introducir en el sobre la recaudación y la documentación del cierre anticipado.

En alguna ocasión, Dª. Ana María no llegaba a entregar siquiera el sobre con la recaudación y la documentación anexa, siéndole entonces reclamado por el Administrador D. Luis María o por Dª. Juana , compañera de trabajado de Dª. Ana María .

Los datos que quedaban reflejados en el disco duro del ordenador, donde se incluían los borrados de las bajas o las altas realizadas después del cierre anticipadamente realizado no eran accesibles o detectables en una utilización normal del programa de gestión de abonados, lo que impedía detectar la disparidad existente entre la documentación diaria introducida en los sobres y el importe de los mismos, con la realidad de altas, bajas y cantidades entregadas, sin embargo cualquier persona con determinados conocimientos informáticos podía acceder al disco duro del ordenador y modificar los registros o anotaciones de la base de datos del programa de gestión de abonados del ordenador.

Como consecuencia de las operaciones anteriores Dª. Ana María se apropió durante el año de 1997 de 17.749.34 #, en 1999 de 29.290.42 #, en el año 2000 de 37.949.89 #, en el año 2001 de 37.059.93 # y en el año 2002 y hasta el mes de octubre de 31.655# y en concreto durante la segunda quincena de agosto de 2002 en la que Dª. Ana María atendió con exclusividad la ventanilla del Pabellón, se apropió de la suma de 2809,50 y durante todo el mes de agosto de 2000, cuando también atendió con exclusividad la ventanilla del Pabellón, se apoderó de 3696,48 #.

A consecuencia de una petición realizada en reiteradas ocasiones por el Concejal de la oposición al Grupo de Gobierno del Ayuntamiento de Ourense, Sr. Luis Andrés , se requirió los servicios de Ángel Jesús

, técnico de la empresa Emisoft ocupada del mantenimiento del programa de gestión de abonados, para que procediera a extraer del ordenador un listado de todos ellos. Entregado el listado a D. Luis María , éste pudo apreciar cómo había unos saltos o espacios en blanco en la relación de abonados, procediendo en compañía de Ángel Jesús a realizar un punteo de las anotaciones del listado continuo (llamado actual) y el de los diarios introducidos en los sobres, comprobando cómo los espacios en blanco se habrían de corresponder con bajas de abonados de los listados diarios. También se comprobó que en algunos días había más abonados en el listado actual que en el correspondiente al del día de la fecha, a partir de determinado momento.

D. Luis María puso los hechos en conocimiento de D. Carlos Alberto , Presidente del Consejo Municipal de Deportes y éste a su vez de D. Lázaro , interventor, y de D. Donato , gerente del Pabellón. D. Carlos Alberto tomó la decisión de convocar a Dª. Maribel a una reunión a celebrar el 4 de octubre de 2002 en el despacho del interventor en la sede del Ayuntamiento. En el curso de esa reunión le fue comunicada a Dª. Maribel la existencia de irregularidades que se concretaban en falta de dinero de la recaudación del pabellón y ésta, tras una primera negativa a reconocer esos hechos, admitió ser responsable de los mismos. A continuación Dª. Maribel firmó voluntariamente un documento en el que renunciaba a su puesto de trabajo.

SEGUNDO

El fallo de la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente del Jurado es como sigue:

Que debo condenar y condeno a Ana María como autora de un delito continuado de malversación de caudales públicos a la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación absoluta por diez años y como responsable en concepto de autora de un delito continuado de falsedad en documento oficial a la pena de prisión de 4 años y seis meses, inhabilitación especial para empleo o cargo público, por tiempo de 4 años y multa de 15 meses a razón de 6# día. Asimismo deberá indemnizar al Consejo...

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