STSJ País Vasco 2838/2006, 4 de Diciembre de 2006

PonenteJESUS PABLO SESMA DE LUIS
ECLIES:TSJPV:2006:3616
Número de Recurso2028/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2838/2006
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En los recursos de suplicación interpuestos, de una parte, por TELEFONICA DE ESPAÑA S.A. y, de otra, por Gregorio contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Guipúzcoa, de fecha veinte de Marzo de dos mil seis, dictada en proceso sobre - Valoración Salarial- (CNT), y entablado por el segundo recurrente citado frente al primero .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. PABLO SESMA DE LUIS, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

1º.-) D. Gregorio , con DNI nº NUM000 , suscribió en fecha 19.07.99 un contrato de trabajo en prácticas, con una duración inicial de seis meses, señalando que la categoría era de Técnico en prácticas, incluido en la categoría profesional de Técnicos Medios en la actividad de Ventas, al ostentar el trabajador el título de Licenciado en Administración y Dirección de empresas desde Febrero de 1997.

2º.-) En fecha 19.01.00 se acordó una prórroga del contrato por seis meses más, esto es, hasta el

18.07.00.

3º.-) En fecha 18.02.00 las partes suscribieron una conversión del contrato temporal en contrato indefinido, con efectos del día 10.02.00, comunicándole en esta fecha el nombramiento de ingreso otorgándole la condición de empleado fijo de TELEFONICA ESPAÑA S.A.U., comunicando la empresa a la Tesorería General de la Seguridad Social la conversión de dicho contrato, asignándole la categoría deTécnico Medio de Ventas.

4º.-) La empresa elaboró documento fechado el 10.02.00, sin que conste la fecha en la que se comunicó al trabajador, en el que se le comunica que se otorga al trabajador demandante la condición de empleado fijo de Telefónica con la categoría de Asesor Servicio Comercial de 3ª, con un sueldo anual de

3.060.615,- pts. anuales (cantidad expresada en quince pagas) y una gratificación de 20.000,- pts. (cantidad expresada en quince pagas).

5º.-) El trabajador demandante tiene en la actualidad, y en el momento a que se contrae la demanda, la categoría reconocida en las hojas de salario de Asesor Servicio Comercial de 2ª, percibiendo la retribución acorde cone sta categoría profesional, que en año 2004 era de 1.831,19 euros de sueldo base, 56,93 euros de retribución por tiempo y 120,20 euros por gratificación experto, todo ello en cantidades mensuales por quince pagas (30.124,80 euros año) y en el año 2005, por los mismos conceptos, de

1.886,61 euros, 102,21 euros y 120,20 euros, por quince pagas (31.635,30 euros años).

6º.-) El sueldo fijado para el año 2004 para la categoría de Técnico medio de 2ª es de 2.314,50 euros mensuales (34.717,50 euros año), y para el año 2005 es de 2.378,61 euros mensuales (35.679,15 euros año) y el de la categoría de Asesor de Servicio Comercial de 2ª es de 1.831,19 euros mensuales (27.467,85 euros año) para el 2004 y de 1.886,61 euros (28.299,15 euros año) para el año 2005.

7º.-) Se ha intentado la conciliación administrativa previa con el resultado de Intentado sin Efecto.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

"Que desestimando la excepción de prescripción formulada por la demandada y estimando en parte la demanda promovida por D. Gregorio , contra TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U., debo declarar y declaro que la categoría profesional que ostenta el demandante es la de Técnico Medio de 2ª, y condenando a la misma al pago de la cantidad de 4.336,57 euros."

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpusieron sendos recursos de Suplicación, que fueron impugnados, respectivamente, de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La empresa propone en el recurso suprimir el último párrafo del apartado tercero del relato de hechos y que en su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 11 de Octubre de 2007
    • España
    • 11 Octubre 2007
    ...JURÍDICOS PRIMERO Es objeto del actual recurso de casación para unificación de doctrina la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 4 de diciembre de 2006, que con revocación del fallo de instancia, desestima la demanda originaria de las Consta en el inalterado relato f......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR