STSJ Cataluña 6509/2006, 4 de Octubre de 2006

PonenteFELIPE SOLER FERRER
ECLIES:TSJCAT:2006:10921
Número de Recurso118/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución6509/2006
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 6509/2006

En el recurso de suplicación interpuesto por Elvira frente a la Sentencia del Juzgado Social 16 Barcelona de fecha 16 de junio de 2005 dictada en el procedimiento Demandas nº 118/2005 y siendo recurrido/a Mutua Asepeyo, -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social), -T.G.S.S.- (Tesorería Gral. Seguridad Social), Residencia Geriatrica Roc Llarg, -I.C.S.- (Institut Català de la Salut) y ICAM -Institut Català d'Avaluació Mèdiques-. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. FELIPE SOLER FERRER .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 18-2-05 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Incapacidad temporal, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 16-6-05 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por Dña. Elvira contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Institut Català de la Salut, Institut Català d'Avaluacions Mèdiques, Mútua Asepeyo y Residencia Geriátrica Roc Llarg, S.L., debo absolver y absuelvo a las demandadas de los pedimentos de la presente demanda".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

Primero

Dña. Elvira , con D.N.I. nº NUM000 , de profesión auxiliar de geriatría, afiliada a la Seguridad Social con el nº NUM001 y de alta en el Régimen General, inició un proceso de incapacidad temporal, derivado de enfermedad común, el día 20-8-2003 por tendinitis. Posteriormente, el día 11-6-2004 sufre un accidente de tráfico produciéndose latigazo cervical.

Segundo

La empresa codemandada tiene concertada la cobertura del riesgo de incapacidad temporal por contingencias comunes con la Mutua Asepeyo, estando al corriente en el abono de las cotizaciones.

Tercero

En fecha 1-6-2004, el ICAM emitió informe proponiendo una duración estimada del proceso de 1-2 meses, volviendo a emitir otro el 13-7-2004 con una duración estimada del proceso de 60 días. Finalmente el 20-10-2004 se le extiende el alta médica por la Inspección, previo dictamen del ICAM, con el diagnóstico de "omalgia derecha y cervicalgia sin limitación funcional actual".

Cuarto

El diagnóstico de la actora en fecha 20-10-2004 era "omalgia derecha y cervicalgia".

Quinto

De estimarse la demanda, los efectos ser extenderían desde el 21-10-2004, siendo la base reguladora diaria de 32,29 euros, existiendo conformidad de las partes .

Sexto

Se ha agotado adecuadamente la vía administrativa.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dio traslado lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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