STSJ Murcia 646/2008, 22 de Julio de 2008

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2008:1413
Número de Recurso547/2008
Número de Resolución646/2008
Fecha de Resolución22 de Julio de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Arturo , contra la sentencia número 490 del Juzgado de lo Social número 2 de Cartagena, de fecha 8 de noviembre de 2007, dictada en proceso número 582/2007, sobre alta médica, y entablado por don Arturo frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. El demandante, D. Arturo , nacido el 13 de junio de 1954, afiliado a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con el n° NUM000 por el ejercicio de su profesión habitual de "chapista y calderero", estuvo en situación de Incapacidad Temporal por contingencias comunes desde el 1 de marzo de 2006 hasta el 6 de marzo de 2007, fecha en que el EVI emite Dictamen-Propuesta de emitir alta médica, a los exclusivos efectos de la prestación económica de Incapacidad Temporal. SEGUNDO. En fecha 15 defebrero de 2007 se emite informe médico de incapacidad temporal. En las conclusiones de dicho informe, y tras indicarse que el demandante sufrió en fecha 1 de marzo de 2006 un "ictus Iacunar izquierdo", se expone lo siguiente "fuerza 5/5 en ambos MMII, no claudicación al caminar, fuerza 4/5 en miembro superior derecho y 5/5 en miembro superior izquierdo, ROT de miembro inferior izquierdo exaldado con respecto al derecho, pinza normal y presión de puño conservada en ambas manos. Secuelas leves definitivas, no invalidantes". TERCERO. En fecha 6 de marzo de 2007 el EVI emite Dictamen-Propuesta de expedir alta médica, con fecha de efectos de la presente Resolución, á los 'exclusivos efectos de la prestación económica de Incapacidad Temporal. CUARTO. El INSS mediante Resolución dictada en fecha 14 de marzo de 2007 resuelve emitir alta médica con fecha 21 de marzo de 2007 por agotamiento de plazo, a los solos efectos económicos de la prestación de IT". QUINTO. Contra la Resolución a que se refiere el ordinal precedente, la parte actora interpuso reclamación previa, que fue desestimada mediante nueva Resolución dictada por la Entidad Gestora en fecha 1 de junio de 2007, previa emisión de nuevo Dictamen-Propuesta del EVI de fecha 22 de mayo de 2007"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimo la demanda interpuesta por D. Arturo contra el Instituto...

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