STSJ Galicia 2350/2008, 26 de Junio de 2008
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO |
ECLI | ES:TSJGAL:2008:2522 |
Número de Recurso | 3432/2005 |
Número de Resolución | 2350/2008 |
Fecha de Resolución | 26 de Junio de 2008 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación número 0003432 /2005 interpuesto por Fernando contra la sentencia
del JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de LUGO siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.
Que según consta en autos se presentó demanda por Fernando en reclamación de RECLAMACION CANTIDAD siendo demandado HORMIGONES LA ESTRELA S. A.. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000171 /2005 sentencia con fecha dieciséis de Mayo de dos mil cinco por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
D. Fernando , con DNI n° NUM000 , presta servicios por cuenta y dependencia de la empresa demandada HORMIGONES LA ESTRELLA S.A., con CIF NO A81352353, dedicada a la actividad de fabricación de hormigón fresco, con categoría profesional de oficial de 1a, y con un salario mensual de
1.151'85 euros, con prorrata de pagas extras.
La demandada tiene concertada tas contingencias comunes con ASEPEYO, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n° 151.
El demandante estuvo en situación de incapacidad temporal desde el 3 de octubre de2002 hasta el 2 de abril de 2004, fecha en que fue dado de alta por agotamiento del plazo, con propuesta de incapacidad. CUARTO.- El 12 de mayo de 2004 la mutua ASEPEYO comunicó al actor que con fecha 3 de mayo de 2004 procedían a extinguir la prestación de incapacidad temporal habida cuenta de la resolución dictada en ese día por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en el expediente de incapacidad permanente tramitado. QUINTO.- El actor reclama a la demandada una cantidad total de 472'96 euros por los siguientes conceptos:
Salario mayo 2004 (del 3 al 12) (10 días) 316,86 #
Atrasos convenio 2004 (de 13-5-04 a 31-5-04) (877,71 - 844,02 : 30 x 10 días) 21,34#
Atrasos convenio 2004 (1-6-04 a 30-9-04) (877,71 - 844,02 = 33,69 x 4 meses) 134,76 #
En la demandada es de aplicación el convenio colectivo para la actividad de materiales y prefabricados para la construcción de la provincia de Lugo. SÉPTIMO.- El 18 de febrero de 2005 se celebró el preceptivo acto de conciliación ante el Servicio Provincial de Mediación Arbitraxe e Conciliación de la Consellería de Asuntos Sociais, Emprego e Relacions Laborais de la Xunta de Galicia, que concluyó intentado sin efecto.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO: ue rechazando la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario planteada por la demandada y desestimando la demanda formulada por D. Fernando contra la empresa HORMIGONES LA ESTRELLA S.A., absuelvo a la demandada de las pretensiones contenidas en la misma.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
ÚNICO.- Recurre el actor la desestimación de su demanda, aquietándose al relato de los hechos...
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