STSJ Galicia 2139/2008, 17 de Junio de 2008

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2008:2139
Número de Recurso6321/2007
Número de Resolución2139/2008
Fecha de Resolución17 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0006321 /2007 interpuesto por Emilio contra la sentencia del

JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de OURENSE siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Emilio en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL . En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000560 /2007 sentencia con fecha veintitrés de Octubre de dos mil siete por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "PRIMERO.- El actor D Emilio , nacido el 11.5.46, figura afiliado al Régimen General de la Social con el num. NUM000 , con la categoria profesional de Albañil, con una Base Reguladora de 929,73 euros mensuales. SEGUNDO.- El actor solicitó pensión de invalidez, emitiéndose dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades el 7.5.07 dictándose Resolución por el INSS en fecha 16.05.07 que denegó su petición al considerar que no existe incapacidad permanente en ninguno de sus grados. TERCERO.- El aquí actor padece las siguientes secuelas: Discretísimo aplastamiento D9, sin repercusión funcional. Alteraciones degenerativas en raquis lumbar. CUARTO.- Interpuesta reclamación previa en fecha

21.06.07 fue desestimada por resolución de 19.07.07, presentando demanda la actora en fecha 20.08.07."

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por D Emilio , contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo a los Organismos demandados de las pretensiones ejercitadas contra ellos por el actor

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el trabajador la desestimación de su demanda en reclamación de IPA y, subsidiariamente, IPT, instando -por el cauce del artículo 191.b) LPL - la modificación del cuadro de dolencias declarado probado, y denunciando -vía artículo 191.c) LPL - la infracción por inaplicación del artículo 137 LGSS .

SEGUNDO

No admitimos la solicitud revisoria, porque no se propone en debida forma, pues se hace referencia a múltiples informes médicos y en absoluto se relaciona cada dolencia descrita con el correspondiente documento que lo acredita, tal como exige la naturaleza extraordinaria del recurso de Suplicación y como constantemente tenemos indicado para los procesos de Invalidez Permanente (así entre las últimas, SSTSJ Galicia 03/06/08 R. 5897/07, 14/04/08 R. 3775/07, 05/03/08 R. 3189/07, 27/11/07 R. 1367/07, 28/10/07 R. 420/07 ,...).

TERCERO

La censura jurídica no puede admitirse, ya que tal y como hemos reiterado con anterioridad -sólo entre las más recientes, SSTSJ Galicia 04/06/08 R. 5795/07, 26/05/08 R. 5539/07, 20/05/08 R. 5356/07, 09/05/08 R. 4932/07, 02/05/08 R. 4775/07 , etc.- la existencia o no de IP y su...

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