STSJ Castilla y León 174/2010, 8 de Marzo de 2010

PonenteGABRIEL COULLAUT ARIÑO
ECLIES:TSJCL:2010:1405
Número de Recurso174/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución174/2010
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 00174/2010

N.I.G: 47186 44 4 2009 0201507, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 000174/2010

Materia: I.P.A. DE A.T.

Recurrente/s: Millán

Recurrido/s: INSS,TGSS, SERVIURGENTE S.L., MUTUA MONTAÑESA, MUTUA FRATERNIDAD,

DISTRIBUCIONES PAPIRO, S.L.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N.1 DE SALAMANCA DEMANDA 00570/09

Rec. Núm. 174/10

Ilmos. Sres.

D. Gabriel Coullaut Ariño

Presidente

D. Manuel Maria Benito López

D. Juan José Casas Nombela /

En Valladolid, a ocho de marzo de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 174 de 2.010, interpuesto por DON Millán contra la sentencia del

Juzgado de lo Social nº1 de SALAMANCA de fecha 2 de diciembre de 2.009 (Autos nº 570/09) dictada en virtud de demanda promovida por DON Millán contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la empresa SERVIURGENTE, S.L., la MUTUA MONTAÑESA, la MUTUA LA FRATERNIDAD, la empresa DISTRIBUCIONES PAPIRO, S.L. sobre

INCAPACIDAD PERMANENTE, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Gabriel Coullaut Ariño .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 17 de junio de 2.009 se presento en el Juzgado de lo Social nº 1 de

Salamanca demanda formulada por el actor en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva

SEGUNDO

En referida sentencia y como hechos probados constan los siguientes:

  1. - Millán nacido el 20.01.1968 figura afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el nº

    NUM000 .

    Desde el 01.04.1.996 hasta el 12.04 2006 presto servicios para la empresa DISTRIBUCIONES

    PAPIRO S.L.. Esta empresa tenía concertada la cobertura de accidentes de trabajo con la MUTUA MONTAÑESA. Desde el 14.02.205 hasta el 28.07.2008 prestó servicios para la empresa SERVIURGENTE S.L. Esta empresa tenía concertada la cobertura de accidentes de trabajo con la MUTUA LA FRATERNIDAD. Desde el 14.02.2005 hasta el 12.04.2006 prestó servicios en situación de pluriempleo para las dos empresas. Su categoría profesional es la de Encargado Almacén. Reparto paquetería.

  2. - El día 6.8.1996 es baja laboral por accidente de trabajo, al quedarse clavado en el almacén al coger peso. El 14.10.1.999 es intervenido por los servicios médicos de Mutua Montañesa: Disectomía L5-S1. Hermilaminectomía L5 izda. Es reintervenido el 14.04.2000 por reproducción; nueva disectomía L5-S1. Flavectomía L5 IZQ.

    En fecha 3 de marzo de 2009 el actor presentó solicitud de incapacidad permanente incoándose el correspondiente expediente administrativo por contingencia derivada de accidente de trabajo en que se dictó resolución en fecha 27.03.2009 denegando la prestación por no alcanzar las lesiones que padece un grado de suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de incapacidad permanente.

  3. - El demandante padece:

    HERNIA DISCAL POSTEROLATERAL DERECHA L4-L5. HERNIA DISCAL POSTEROLATERAL Y

    POSIBLE QUISTE SINOVIAL INTERAPOFISARIO L5-S1.

  4. - La base reguladora a los efectos de prestación pedida asciende a 1.485,52 euros mensuales.

  5. - El demandante ha agotado la reclamación previa a la vía judicial.

TERCERO

Interpuesto Recurso de Suplicación por el actor, fue impugnado por la Fraternidad Muprespa, Mutua Montañesa, INSS y TGSS. Elevados los autos a esta Sala, se designo Ponente acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Desestimada la demanda deducida para reconocimiento de Incapacidad Permanente Total derivada de accidente de trabajo, interpone el actor Recurso de...

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