STSJ Galicia , 11 de Mayo de 2007
Ponente | MARIA TERESA CONDE-PUMPIDO TOURON |
ECLI | ES:TSJGAL:2007:1525 |
Número de Recurso | 3820/2006 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 11 de Mayo de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación núm. 3820/2006 interpuesto por Dª Esperanza contra la sentencia del Juzgado
Que según consta en autos se presentó demanda por Dª Esperanza en reclamación de INCAPACIDAD siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 92/06 sentencia con fecha 12 de mayo de 2006 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
"1.- La parte actora, nacida el 3 de enero de 1943, con D.N.I. nº NUM000 , se encuentra afiliada a la Seguridad Social en el Régimen Especial agrario por cuenta propia con el nº NUM001 , siendo su profesión habitual la de labradora por cuenta propia./ 2.- Habiendo solicitado a la Entidad demandada invalidez permanente, ésta mediante resolución de fecha 11 de octubre de 2005, declaró que la parte actora no se encontraba en situación de invalidez permanente en ningún grado de invalidez./ 3.- Finalizó la vía administrativa mediante la preceptiva reclamación previa ante la Dirección Provincial del I.N. S.S. postulando el grado de Absoluta que, por Resolución de fecha 23 de noviembre de 2005, confirmó el pronunciamiento inicial./ 4 .- La base reguladora de la prestación asciende a 519,28 euros./ 5.- Padece la parte actora: Enfermedad generativa vertebral generalizada. Escoliosis lumbar dextrocóncava de 27º. Artrosis de cadera bilateral. Hipertiroidismo./ 6.- El dictamen propuesta del E.V.I. es de fecha 10 de octubre de 2005".
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que, desestimando las pretensiones de la demanda interpuesta por DOÑA Esperanza , absuelvo de las mismas al Instituto Nacional de la Seguridad Social".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
ÚNICO.- Frente a la sentencia de instancia desestimatoria de la demanda, se alza el recurso interpuesto por la parte demandante y, con fundamento en el artículo 191 c) de la Ley de Procedimiento Laboral , denuncia infracción del artículo 137-4 de la Ley...
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