STSJ Comunidad de Madrid 462/2004, 13 de Mayo de 2004

PonenteDª. ANTONIA DE LA PEÑA ELIAS
ECLIES:TSJM:2004:6238
Número de Recurso650/2001
Número de Resolución462/2004
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

D. JOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNAD. JOSE IGNACIO PARADA VAZQUEZD. MIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOSDª. ANTONIA DE LA PEÑA ELIASD. JOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00462/2004

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE

MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

SENTENCIA 462

RECURSO NÚM: 650-2001

PROCURADOR: D. Raúl Martínez Ostenero

Ilmos. Sres.:

Presidente

D. José Alberto Gallego Laguna

Magistrados

D. J. Ignacio Parada Vázquez

D. Santos Gandarillas Martos

Dña. María Antonia de la Peña Elías

D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo

-----------------------------------------------

En la Villa de Madrid a trece de mayo de dos mil cuatro.

Visto por la Sala del margen el recurso núm. 650-2001, interpuesto por D. Jesus Miguel, representado por el procurador D. Raúl Martínez Ostenero, contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 19.12.00, reclamación nº: 28/07376/99, interpuesta por el concepto de I.R.P.F, habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día once de mayo de dos mil cuatro en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. María Antonia de la Peña Elías; quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente D. Jesus Miguel impugna la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 19 de diciembre de 2000 desestimatoria de la reclamación económico administrativa n ° 28/07376/99 que interpuso contra sanción derivada de acta suscrita en conformidad en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio de 199 por importe de 214.938 Ptas.

En dicha resolución se desestimó la reclamación porque como consecuencia de no haber declarado un incremento de patrimonio en el ejercicio de 1991 el reclamante dejo de ingresar en plazo reglamentario parte de la deuda tributaria lo que evidencia su culpabilidad.

SEGUNDO

El recurrente pretende que se deje sin efecto el acuerdo recurrido y en consecuencia el acuerdo sancionador aduciendo en síntesis que no se produjo el incremento de patrimonio atribuido por la Inspección porque conforme a la base imponible no excedía de la renta declarada entendida como consumo más ahorro, que no ha existido ocultación alguna de hechos, que no ha sido motivada su culpabilidad no bastando la mera investigación bancaria y que su conducta se encontraba amparada por una interpretación razonable de la norma aplicable y no era exigible responsabilidad alguna de acuerdo con el art 77.4.d).

TERCERO

El Abogado del Estado se opuso al recurso aduciendo que el actor incurrió en la infracción imputada siendo indudable la falta de prueba sobre el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • STSJ Comunidad de Madrid 82/2021, 17 de Febrero de 2021
    • España
    • 17 Febrero 2021
    ...(y en el mismo sentido la STSJ de Asturias no 1778/2005, de 23 de noviembre, rec. 2461/2002 ) indica que: (...) La STSJ de Madrid no 462/2004, de 13 de mayo (rec. 650/2001 ), en un caso de incremento de patrimonio no justificado, dice La SAN de 29-1-2004 (rec. 918/2001 ), señala que: (...) ......
  • STSJ Comunidad de Madrid 9/2018, 11 de Enero de 2018
    • España
    • 11 Enero 2018
    ...(y en el mismo sentido la STSJ de Asturias nº 1778/2005, de 23 de noviembre, rec. 2461/2002 ) indica que: (...) La STSJ de Madrid nº 462/2004, de 13 de mayo (rec. 650/2001 ), en un caso de incremento de patrimonio no justificado, dice La SAN de 29-1-2004 (rec. 918/2001 ), señala que: (...) ......
  • STSJ Comunidad de Madrid 6/2021, 13 de Enero de 2021
    • España
    • 13 Enero 2021
    ...(y en el mismo sentido la STSJ de Asturias nº 1778/2005, de 23 de noviembre, rec. 2461/2002 ) indica que: (...) La STSJ de Madrid nº 462/2004, de 13 de mayo (rec. 650/2001 ), en un caso de incremento de patrimonio no justificado, dice La SAN de 29-1-2004 (rec. 918/2001 ), señala que: (...) ......
  • STSJ Comunidad de Madrid 261/2021, 12 de Mayo de 2021
    • España
    • 12 Mayo 2021
    ...(y en el mismo sentido la STSJ de Asturias nº 1778/2005, de 23 de noviembre, rec. 2461/2002 ) indica que: (...) La STSJ de Madrid nº 462/2004, de 13 de mayo (rec. 650/2001 ), en un caso de incremento de patrimonio no justificado, dice La SAN de 29-1-2004 (rec. 918/2001 ), señala que: (...) ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR