STSJ Castilla y León , 17 de Junio de 2002

PonenteMANUEL MARIA BENITO LOPEZ
ECLIES:TSJCL:2002:2956
Número de Recurso1136/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Social

D. Mª Luisa Segoviano AstaburuagaD. Emilio Alvarez AnlloD. Manuel María Benito López

1

y33un066_.DOC

Rec. Núm.

1136/02

Ilmos. Sres.

Dª Mª Luisa Segoviano Astaburuaga

Presidente .

D. Emilio Alvarez Anllo

D. Manuel María Benito López/

En Valladolid a diecisiete de junio de dos mil dos

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. Anteriormente citados ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación número 1136 de 2.002, interpuesto por EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEON contra Sentencia del Juzgado de lo Social número Uno de León de fecha 7 de febrero de 2.002, (autos nº 759/01, 761,/01, 762/01, 763/01, 764/01, 765/01 y 766/01 acumulados), seguidos a virtud de demandas promovidas por Jesús Ángel , Rosendo , Gabino , Alvaro , Luis Angel , Pablo , Fidel y Armando contra precitado recurrente sobre DESPIDO ha actuado como Ponente el Ilmo. SR. D. Manuel María Benito López.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 21 de diciembre de 2.001 se presentó en el Juzgado de lo Social número Uno de León, demandas formuladas por los actores en la que solicitaban se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia estimando referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: "PRIMERO.- el demandante don Jesús Ángel ha venido prestando servicios laborales para el Ayuntamiento de León mediante los siguientes contratos: contrato para obra o servicio determinado suscrito el 20 de diciembre de 1999, con fecha inicial de efectos del1 de enero de 2000 y duración hasta "final ejercicio económico 2000: final mes diciembre año 2000", en que se fijo la fecha de extinción en el 31 de diciembre. Cinco días antes las partes suscribieron un documento en el que se da por finalizado el contrato y se pacta la suscripción de otro con efectos del 1 de enero de 2001. Efectivamente, el día pactado las partes firmaron un nuevo contrato, también para obra o servicio determinado, con una duración de diez meses aproximadamente, siendo el objeto de la contratación la "ejecución de obras municipales". Este contrato finalizo en virtud del Decreto de la Alcaldía de 2 de octubre de 2000, que determino su conclusión el día 31 de octubre. Durante todo el tiempo de prestación de servicios laborales el actor ocupo la categoría profesional de peón de albañil, percibiendo últimamente un salario mensual de 1.191,81 euros, incluido el prorrateo de pagas extras. SEGUNDO.- El segundo de los demandantes (demanda num. 760/01), don Rosendo , ha trabajado ininterrumpidamente para el Ayuntamiento de León como peón albañil, en virtud de los siguientes contratos para obra o servicio determinado: Primer contrato: suscrito el 1 de julio de 1998, con una duración de tres meses aproximadamente, siendo el objeto "cubrir necesidades de personal durante los meses de verano: julio a septiembre 1998". Al día siguiente de la finalización de este contrato - el 30 de septiembre de 1998 - las partes suscribieron un contrato, por seis meses aproximadamente cuyo objeto era "cubrir necesidades de personal para completar obras municipales de reforma Oficinas Cuartel Guardia Civil de Armunia y aceras C/ Obispo Inocencio Rodríguez". El día 15 de marzo de 1999 el actor y el Ayuntamiento de León firmaron un tercero contrato de trabajo hasta el final del ejercicio económico 1999, con el objeto de "cubrir necesidades de personal durante el Ejercicio Económico 1999 hasta final mes diciembre 1999 aproximadamente en el Servicio de Obras". Finalizado el anterior contrato el 31 de diciembre de 1999 por Decreto de la Alcaldía del día 9 de eses mismo mes, las partes suscribieron un cuarto contrato con efectos del 1 de enero de 2000, con una duración prevista del ejercicio económico de ese año, siendo el objeto el "Ejercicio Económico 2000". Finalmente, con efectos del 1 de enero de 2991 trabajador y Ayuntamiento de León firmaron un quinto y ultimo contrato de trabajo con una duración aproximada de 10 meses para la "ejecución de obras municipales en marcha". El salario percibido por el actor en el mes anterior al cese ascendió a la cantidad de 1.191,81 euros, incluido el prorrateo de pagas extras. TERCERO.- El tercer demandante, don Gabino (demanda num. 761/01), ha prestado servicios laborales para el Ayuntamiento demandado como Oficial de Primera Pintor en el Servicio de Obras, mediante los siguientes contratos para obro o servicio determinado: Contrato de 30 de agosto de 1999, con efectos del 1 de septiembre y que finalizo el 30 de noviembre por Decreto de la Alcaldía. El objeto de dicho contrato era "Pinturas Centros E.G.B." El 20 de diciembre de 1999 las partes suscribieron un segundo contrato, que inicio sus efectos el 1 de enero de 2000, cuyo objeto era "Ejercicio económico 2000". Este contrato fue dado por concluido el día 31 de diciembre de ese año en virtud de Decreto de la Alcaldía. El 26 de diciembre de ese mismo año 2000 el actor y el Ayuntamiento de León suscribieron un tercero y ultimo contrato para la "ejecución de obras municipales en marcha, 10 meses aproximadamente". El salario percibido por el actor en el mes anterior al cese ascendió a la cantidad de 1.395,55 euros, todo incluido. CUARTO.- El cuarto demandante, don Alvaro (demanda 762/01), ha prestado servicios laborales para el Ayuntamiento demandado como oficial de Primera Pintor en el Servicio de Obras, mediante los siguientes contratos para obra o servicio determinado: Contrato de 20 de agosto de 1999, con efectos del 1 de septiembre y que finalizo el 30 de noviembre por Decreto de la Alcaldía. El objeto de dicho contrato era "Pintura Centros E.G.B.". El 20 de diciembre de 1999 las partes suscribieron un segundo contrato, que inicio sus efectos el 1 de enero de 2000, cuyo objeto era "Ejercicio económico "000". Este contrato fue dado por concluido el día 31 de diciembre de ese año en virtud de Decreto de la Alcaldía. El 26 de diciembre de ese mismo año 2000 el actor y el Ayuntamiento de León suscribieron un tercero y ultimo contrato para la "ejecución de obras municipales en marcha, 10 meses aproximadamente. El Salario percibido por el actor en el mes anterior al cese ascendió a la cantidad de 1.395,55 euros, todo incluido. QUINTO.- El demandante don Luis Angel (763/01), ha venido prestando servicio laborales para el Ayuntamiento demandado como peón Albañil en el Servicio de Obras, mediante los dos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR