STSJ Comunidad de Madrid 5/2000, 14 de Enero de 2000

PonenteJOSE RAMON FERNANDEZ OTERO
ECLIES:TSJM:2000:252
Número de Recurso4443/1999
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución5/2000
Fecha de Resolución14 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Social

D. JOSE RAMON FERNANDEZ OTERODª. JOSEFINA TRIGUERO AGUDODª. MARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON

Reg Gral nº 4.443/99 /J/ Sección Segunda.

Ilmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero

Presidente.

Ilma. Sra. Dª. Josefina Triguero Agudo

Ilma. Sra. D Virginia Garcia Alarcón

En Madrid, a catorce de enero de dos mil.

La Sala de lo Social del Tribunal. Superior de Justicia de Madrid compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 5/2000

En el Recurso de Suplicación número 4.443/99 Sección Segunda, interpuesto por Gregorio frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Número 11 de Madrid de fecha 14 de mayo de 1.999 ha sido Ponente el/la Ilmo./a Sr./a D./§ José Ramón Fernández Otero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Gregorio contra Megara Ibérica S.A. j otros y en su día se celebró el acto del juicio, habiéndose dictado sentencia el día 14 de majo de 1.999 en la que se desestimaba la demanda formulada por el actor, absolviendo a las demandadas.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como hechos probados se declaran los siguientes:

PRIMERO

D.- Gregorio comenzó a prestar servicios para la empresa FERMO SA, el 3-04-1967, pasando a formar parte de la empresa MEGARA IBÉRICA SA el 1-01- 1986, fecha en la que se subrogó en la posición contractual de FERMO SA y una retribución de 3.856.524 pesetas anuales, con prorrata de pagas extras. Su categoría profesional es la de DIRECCION006 de Departamento ( DIRECCION006 Financiero).

SEGUNDO

En fecha 3-01-99, la empresa demandada notificó al, Sr. Gregorio que, con efectos 3-02-99, quedaba despedido, imputándosele faltas injustificadas de asistencia al trabajo (art. 54.2 A del Estatuto de los Trabajadores) y transgresión de la buena fe contractual (apart. D) del artículo citado, en base a unos hechos relacionados en la carta de despido y que, por constar en autos, se dan aquí por reproducido en aras de la economía procesal. Dicha carta recepcionada por el actor el día 4-02-99, suscribiendo el no conforme.

TERCERO

El Sr. Gregorio ha efectuado las siguientes salidas y entradas en a empresa demandada, en su centro de trabajo de Alcobendas:

Fecha Entrada Salida

1) 11-01-99................10,30 h .............12,45 h

- La causa alegada: hacer gestiones en Hacienda o en Bancos.

2) 12-01-99................11,15 h .............14,15

-A las 1 4,30 horas entra en su domicilio sito en la C/ DIRECCION000 , nº NUM000 de San Sebastián de los Reyes.

3) 13-01-99.................9,45 h .............13,20 h

- No constan acreditadas las gestiones real/izadas, no volviendo a la empresa por la tarde.

4) 14-01-99.................10,00 h ............13,20 h

- No constan las gestiones realizadas durante la jornada de trabajo.

5) 15-01-99..................9,00 h ............12,30 h

- No constan las gestiones realizadas, desde las 12,30 horas hasta la finalización de la jornada, no volviendo por la tarde a la empresa.

6) 18-01-99..................10,22 h ...........14,30 h

Vuelve a su domicilio, sin que vuelva a la empresa por la tarde.

7) 19-01-99..................10,10 h ...........12,45 h

- Causa alegada: Gestiones en Hacienda. Se dirige a la Estación de Chamartin, y con una bolsa de deportes entra en el Castellana Sports Club, saliendo a las 15,30 horas de dichas instalaciones deportivas. Recoge su coche en el parking público de la Estación de Chamartin y regresa a su casa.

8) 20-01-99..................10,15 h ...........13,20 h

- Causa alegada: Gestiones en Bancos. Regresa directamente desde la empresa a su domicilio.

9) 21-01-99..................9,30 h ............12,30 h

- Causa alegada: Gestiones en Hacienda. Se dirige al parking público de, la Estación de Chamartin, estacionando el vehículo. Entra, con una bolsa de deportes "adidas", en el Castellana Sports Club. Sale a las 14,37, recoge su vehículo y se dirige a su casa, no volviendo a la emprela por la tarde.

10) 25-01-99.................9,50 h ............12,30.h

- No constan acreditadas las gestiones realizadas, desde su salida de la empresa.

11) 26-01-99.................9,50 h ............13,25 h

- Causa alegada: Gestiones en Bancos. No constan acreditadas gestiones realizadas desde que dejó la empresa.

CUARTO

En fecha 2-02-99, el actor recibió de "MEGARA IBÉRICA SA" la cantidad de 93, 925 pesetas correspondientes a las liquidaciones de locomociones, y gastos de los meses de abril mayo, junio, julio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 1998. En los justificantes constan tickets de aparcamiento de Comfersa (antes Equipamientos).

QUINTO

Los tickets de Comfersa correspondientes a enero y febrero de 1999, que se relacionan en los documentos 6 y 7 de la prueba de la demandada, no han sido abonados por la empresa, aunque fueron presentados al cobro.

SEXTO

Comfersa no gestiona aparcamiento alguno en Alcobepdas. SÍ gestiona el aparcamiento de la Estación de Chamartin de Madrid, desde 1-01-99.

SEPTIMO

La jornada de MEGARA IBÉRICA SA era partida; desde las 9 horas a las 14,30 horas, por la mañana, era jornada de trabajo.

OCTAVO

El actor ha devengado, desde 1993, las siguientes cantidades, en concepto de salario:

  1. )Brutas: 3.750.624 pts (IRPF: 637.608; S. S: 228.816 ) )Netas: 2.884.200 pts

  2. )Brutas: 3.750.624 pts (IRPF: 637.608; S. S: 247.572 ) )Netas: 2.865.444 pts

  3. )Brutas: 3.750.000 pts (IRPF: 637.608; S. S: 247.572 )Netas: 2.865.444 pts

  4. )Brutas: 3.834.884 pts (IRPF: 651.930; S. S: 244.401 )Netas: 2.938.553 pts

  5. )Brutas: 3.865.524 pts (IRPF: 657.138; S. S: 246.528 )Netas: 2.961.858 pts

  6. )Netas: 2.961.858 pts

NOVENO

El actor ha percibido las siguientes cantidades netas, mediante recibos la cuenta de salarios":

1993 ... 961.400 pts

1994 ... 240.485 pts

1995 ..1.709.265 pts

1996 ..2.115.001 pts

1997 ..2.414.708 pts

1998 ..2.482.827 pts

DÉCIMO

Las diferencias entre lo devengado y lo realmente percibido han sido:

1993 ..1.922.800 pts

1994 ..2.624.959 pts

1995 ..1.156.179 pts

1996 ... 823.552 pts

1997 ... 479.031 pts

1998 ... 479.031 pts

UNDÉCIMO

Consta certificado en el que se afirma que el actor acudió, durante los meses de diciembre 1998 y enero 1999, a la consulta del Dr. TORIBIO DAPENA en consulta de mañana, sin precisarse los días ni las horas.

DUODÉCIMO

MEGARA IBÉRICA SA y FERMO SA tienen el mismo domicilio, sito en Camino de Valdelatas s/n, Polígono Industrial de Alcobendas, Alcobendas (Madrid).

DÉCIMOTERCERO

Las personas - que se relacionan- compartieron puestos de Gestión y del Consejo, en MEGARA IBÉRICA SA y FERMO SA:

-D. Augusto es DIRECCION001 del Consejo de Administración, DIRECCION002 y DIRECCION003 de MEGARA IBERICA SA y lo de FERMO SA hasta 1986.

-D. Sebastián es DIRECCION004 del Consejo de Administración, tanto de MEGARA IBÉRICA SA como de FERMO SA.

-D. Jose Pedro , hasta 198d Secretario del Consejo de Administración, DIRECCION005 y DIRECCION003 de FERMO SA. Desde 1986, ocupa los mismos puestos en MEGARA IBÉRICA SA.

-D. Pedro Jesús , vocal del Consejo de Administración de FERMO SA, hasta 1986; en dicho año ocupó el mismo puesto en MEGARA IBÉRICA SA; y en 1997 baja en MEGARA IBÉRICA SA y alta en FERMO SA, donde se jubiló.

-D. Cornelio y D. Donato ocupan vocalías en los Consejos de Administración de MEGARA IBÉRICA SA y de FERMO SA.

Entre MEGARA IBÉRICA SA y EULALIO CHIRVECHES SL se suscribió un contrato por el que MEGARA IBÉRICA SA compra a la citada empresa los derechos de cobro, por el suministro de suero a esta empresa, por un importe superior a quince millones de pesetas.

DÉCIMOCUARTO

En cuentas corrientes de MEGARA IBÉRICA SA constan transferencias de FERMO SA.

DÉCIMOQUINTO

Se autorizó al actor para que, en nombre de FERMO SA y en nombre de MEGARA IBÉRICA SA se formalice un préstamo de cien millones de pesetas ante el Banco Popular.

DÉCIMOSEXTO

En fecha 24-07-91 se produce una orden de FERMO SA a Banco Comercial Español para traspasar a la cuenta de MEGARA IBÉRICA SA, la cantidad de 3.900.000 pesetas.

DÉCIMOSEPTIMO

El Sr. Gregorio desde hacía unos dos años no iba por las tardes a la empresa, ni fichaba.

TERCERO

Contra dicha resolución se ha interpuesto recurso de suplicación por el/la Letrado/a D. Luis Zumalacarregui Pita en nombre y representación de la parte demandante, siendo impugnado de contrario Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase de los mismos a Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia se alza, en suplicación la parte actora,...

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