STSJ Andalucía 1653/2000, 29 de Septiembre de 2000

JurisdicciónEspaña
EmisorTribunal Superior de Justicia de Andalucía (Málaga), sala social
Fecha29 Septiembre 2000
Número de resolución1653/2000

D. ANTONIO NAVAS GALISTEOD. JOSE MARIA BENAVIDES SANCHEZ DE MOLINAD. JOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS

Rollo de Suplicación nº: 480/00

Sentencia nº : 1653/00

Presidente

Ilmo. Sr. D. ANTONIO NAVAS GALISTEO

Magistrados

Ilmo. Sr. D. JOSE MARIA BENAVIDES SANCHEZ DE MOLINA

Ilmo. Sr. D. JOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS

En Málaga, veintinueve de Septiembre de dos mil.

La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación interpuesto por INEM contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº UNO, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE MARIA BENAVIDES SANCHEZ DE MOLINA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª Concepción y FAST PRINT SERVICE, SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA sobre DESEMPLEO siendo demandado INEM habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 20 de Septiembre de 1.999 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - La actora prestaba servicios para la empresa Fast Print Service, Sociedad Cooperativa Andaluza, de la cual era socia, desde el 7-11-97 con la categoría profesional de impresor y un salario mensual de 82.026 pesetas incluida prorrata de pagas extraordinarias.

  2. - La demandante fue despedida mediante carta de 11-11-98 que consta unida a los ambos y cuyo contenido damos por reproducido.

  3. - Solicitada la prestación por desempleo fue denegada por ser socio de la cooperativa.

  4. - Interpuesta reclamación previa ha sido desestimada por los mismos motivos.

  5. - La base reguladora diaria es de 2.852 pesetas.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte demandada, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia que estima la demanda deducida por la actora en reclamación de prestaciones por desempleo, la representación letrada del INEM interpone recurso de suplicación que articula en un único motivo amparado en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral por el que denuncia infracción del artículo en relación con el B y 4 del Real Decreto 1043/85 de 19 de Junio por el que se amplía la protección por desempleo a los socios trabajadores de Cooperativas de trabajo asociado. La Entidad Gestora demandada deniega las prestaciones por desempleo solicitadas por la actora-socia trabajadora de una Cooperativa Andaluza por considerar que no se encuentra en situación legal de desempleo por ser socia de cooperativa y no haber sido excluida de la misma, no recurriendo los requisitos establecidos en el art. 2 del RD 1043/1985, de 19 junio. Al respecto, hemos de señalar que con anterioridad a la promulgación del citado RD...

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