STSJ Comunidad Valenciana , 16 de Diciembre de 2002

PonenteJUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA
ECLIES:TSJCV:2002:12190
Número de Recurso2265/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

R. 2265/96 SENTENCIA Nº 1698 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Ilmos. Sres. :

Presidente :

JOSE DIAZ DELGADO.

Magistrados :

JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.

D. CARLOS ALTARRIBA CANO.

En la Ciudad de Valencia, a dieciséis de diciembre de dos mil dos. VISTO por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo no 2265/96, interpuesto por el Procurador Dña. María Luisa Izquierdo Tortosa, en nombre y representación de D. Ernesto y Dña. María del Pilar , contra la Administración del Estado. Habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La parte demandada contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 4 de diciembre de 2002, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto, contra Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia, de 31 de mayo de 1996, desestimatoria de la reclamación nº 03/4.777/94, relativa a la liquidación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, ejercicio 1994, importe 86.618 ptas, correspondiente al inmueble sin edificar, sito en c/ DIRECCION000 nº NUM000 , de Villena.

Los demandantes alegan que no eran propietarios de los terrenos objeto de liquidación a la fecha del devengo.

SEGUNDO

El inmueble objeto de la liquidación situado en el paraje " DIRECCION001 ", coincide total o parcialmente con unos terrenos propiedad de los actores, que estaban clasificados como Sistema General en el P.G.O.U. de Villena, aprobado definitivamente el 30 de abril de 1982. Los propietarios entendiendo que el Ayuntamiento quedaba obligado a su adquisición por expropiación forzosa, acudieron al procedimiento del art. 69 del TR...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR