Sentencia de TSJ Extremadura (Cáceres), Sala de lo Contencioso, 4 de Febrero de 2003
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Resumen
IMPUGNACIÓN DE LIQUIDACIÓN TRIBUTARIA. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. Fingiendo a efectos tributarios que han existido simultáneamente dos transmisiones distintas, es evidente que se está gravando, junto a una manifestación real de riqueza, una riqueza inexistente, ni siquiera en potencia, vulnerando de este modo, las exigencias que derivan del principio de capacidad económica constitucionalmente reconocido. Habida cuenta que el precepto en el que se ha basado la demandada para girar la liquidación recurrida ha sido declarado inconstitucional y nulo por el Tribunal Constitucional, también es nula la procedencia de apremio. resulta notoria la inexistencia de procedimiento alguno, al haberse limitado el Ayuntamiento demandado a adoptar la resolución recurrida sin la tramitación de un previo procedimiento en el que con la necesaria audiencia de la interesada, se constatasen las circunstancias fácticas y jurídicas precisas a fin de adoptar la decisión correspondiente. Por tanto, ante la ausencia de tramitación de procedimiento administrativo específico para este caso e incluso del general en el cual, al menos, no se hubiesen omitido trámites esenciales como el de audiencia de los interesados, el acto administrativo recurrido debe reputarse nulo de pleno derecho.
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Extracto
Sentencia de TSJ Extremadura (Cáceres), Sala de lo Contencioso, 4 de Febrero de 2003
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente :
SENTENCIA NºPRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON ISAAC MERINO JARA / En Cáceres a cuatro de Febrero de dos mil tres.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 663 de 2.000 promovido por el recurrente LA JUNTA DE EXTREMADURA siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO ; recurso que versa sobre: "Resolucion del TEAR de Extremadura de 28 de febrero de 2000 que estimó, parcialmente, la reclamaci...Ver el contenido completo de este documento
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