STSJ Comunidad Valenciana 186/2008, 24 de Enero de 2008
Ponente | JOSE MARIA ORDEIG FOS |
ECLI | ES:TSJCV:2008:922 |
Número de Recurso | 474/2007/ |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 186/2008 |
Fecha de Resolución | 24 de Enero de 2008 |
Emisor | Sala de lo Social |
186/2008
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Recurso c/s nº 474/07
Recurso contra Sentencia núm. 474/07
Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz
Presidente
Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez ZamoraIlmo.
Sr. D. José María Ordeig Fos
En Valencia, a veinticuatro de enero de dos mil ocho.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 186/2008
En el Recurso de Suplicación núm. 474/07, interpuesto contra la sentencia de fecha 15 de septiembre de 2006, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 17 de Valencia, en los autos núm. 211/06, seguidos sobre incapacidad temporal, a instancia de Dª. Juana, asistida por el Letrado D. Juan Frau Segui, contra la mercantil LA PIADA SC, asistida por el Letrado D. Rafael Company Bosch y el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos.
La sentencia recurrida de fecha 15 de septiembre de 2006, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que debo DESESTIMAR y DESESTIMO la demanda presentada por Dª. Juana, contra la mercantil LA PIADA SC e INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debiendo absolver a los demandados de todos los pedimientos formulados en su contra".
Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La actora Dª. Juana, el 8 de julio de 2005 suscribió con la empresa demandada LA PIADA SC contrato de trabajo a tiempo parcial del 37,5 % de la jornada laboral, con categoría profesional de Ayudante de Camarera y con una base de cotización 39,76 euros, Base Reguladora de 19,46 euros. SEGUNDO.- La actora Dª. Juana, fue dada de baja por la empresa en Seguridad Social el 10 de julio de 2005 por no superar el periodo de prueba, siendo cursado por la empresa el correspondiente para de baja ante la T.G. S.S., con fecha 10 de julio de 2005. TERCERO.- La actora se encuentra de Baja médica por Incapacidad Temporal desde el 11 de julio de 2005. CUARTO.- La actora al ser cesada en la empresa demandada por no superar el periodo de prueba, interpuso demanda ante el Juzgado de lo Social núm. 1 de Valencia, recayendo sentencia desestimatoria y que se da por reproducida por obrar en el ramo de prueba de la actora. QUINTO.- Solicitada la prestación económica por I.T. le fue denegada por resolución del I.N. S.S. de fecha de salida de 10 de octubre de 2005, por no estar en alta en la fecha del hecho causante, e interpuesta reclamación previa se desestimo por los mismos motivos por resolución de fecha de salida 18 de diciembre de 2005".
Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, habiendo sido impugnada por las partes demandadas. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.
Recurre en suplicación la actora contra la sentencia que desestima su demanda y le deniega derecho a...
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