Sentencia de TSJ Extremadura (Cáceres), Sala de lo Contencioso, 14 de Junio de 2000

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Resumen


SUSTITUYENTE TRIBUTARIO. CARACTERÍSTICAS. Se impugna resolución administrativa. Son tres las notas que definen o caracterizan la figura del sustituto del contribuyente: en primer lugar, la de que queda vinculado al cumplimiento de las prestaciones materiales y formales en que el tributo consiste, con lo que se cumple en él el rasgo que caracteriza a todo sujeto pasivo según el art. 30 de la propia norma ; en segundo término, la de que el sustituto se coloca en lugar del contribuyente, hasta el punto de desplazar a éste de la relación tributaría y ocupar su lugar, quedando, en consecuencia, como único sujeto vinculado ante la Hacienda Pública y como único obligado al cumplimiento de las prestaciones materiales y formales de la obligación tributaria; y, en tercer lugar, la de que esta sustitución requiere, como en realidad la determinación de todo sujeto pasivo, de una específica previsión legal -""por imposición de la Ley"", reza el precepto que lo define-, de tal suerte que ni la Administración ni los particulares pueden alterar su posición legalmente prevista y de tal suerte, también, que esta figura se produce como efecto de determinados hechos a los que la Ley asocia la consecuencia de la sustitución. La demanda fue desestimada

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandado

Extracto


Sentencia de TSJ Extremadura (Cáceres), Sala de lo Contencioso, 14 de Junio de 2000

Rollo de Apelación: P. Ordinario n° 289/99 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA N° 45 PRESIDENTE DON WENCESLAO OLER GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA ...

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