STSJ Asturias , 22 de Enero de 2002

PonenteMARIA OLGA GONZALEZ-LAMUÑO ROMAY
ECLIES:TSJAS:2002:310
Número de Recurso661/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA RECURSO: 661/98 RECURRENTE: OCÉ-ESPAÑA S.A. PROCURADORA: Dª. MARTA ALPERI PRIETO RECURRIDO: UNIVERSIDAD DE OVIEDO PROCURADORA: Dª. LAURA FERNANDEZ-MIJARES SÁNCHEZ CODEMANDADO: XEROX ESPAÑA, THE DOCUMENT COMPANI, S.A.U. PROCURADOR: D. ANGEL GARCÍA-COSIO ÁLVAREZ SENTENCIA NÚM. 83/2002 ILMO. SR. PRESIDENTE D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO ILMOS. SRES. MAGISTRADOS Dª. OLGA GONZALEZ LAMUÑO ROMAY D. JOSÉ MANUEL BUJÁN ÁLVAREZ En OVIEDO, a veintidós de enero de dos mil dos. Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 661 del año 1998, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª. Marta Alperi Prieto, en nombre y representación de OCÉ-ESPAÑA, S.A., domiciliada en el Prat de Llobregat, Business Park Mas Blau, Osona 2, (Barcelona), y con la dirección del Letrado D. Carlos García Barcala; contra la resolución del Rectorado de la Universidad de Oviedo de fecha 19 de enero de 1998, en el concurso público convocado por la misma, mediante Resolución publicada en el B.O.E. de 10 de noviembre de 1997, para la contratación del Servicio de reprografia de dicha Universidad. En apoyo de sus pretensiones solicitaba la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado, que fue denegada por Auto de 16 de noviembre de 1998. Ha sido parte la UNIVERSIDAD DE OVIEDO, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Laura Fernández-Mijares Sánchez, y con la dirección del Letrado D. Gerardo Turiel. Y codemandada XEROX ESPAÑA, THE DOCUMENT COMPANY, S.A.U., representada por el Procurador de los Tribunales D. Angel García-Cosio Álvarez, con la dirección de Letrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito de fecha 18 de enero de 1999, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del presente recurso y acuerde la nulidad de la Resolución de 19 de enero de 1998 del Ilustrísimo Rector Magnífico de la Universidad de Oviedo de adjudicación a XEROX del Servicio de Reprografía de la Universidad y, a su vez, de acuerdo con el artículo 42 de la Ley Jurisdiccional establezca el derecho de OCÉ a percibir los daños y perjuicios ocasionados por la irregular acción administrativa, cuya cuantía precisa será fijada en ejecución de la sentencia que en su día se dicte.

Por medio de otrosí solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando se dicte sentencia por la que desestimando la demanda se declare no haber lugar a las pretensiones de la actora por ser el acto administrativo recurrido, de la Universidad de Oviedo, conforme a derecho; con imposición de costas a la parte recurrente.

En parecidos términos se manifestó el codemandado Sr. García-Cosío Álvarez en su contestación a la demanda, suplicando se dicte sentencia desestimatoria, declarando no haber lugar a las pretensiones de la recurrente, confirmando, en consecuencia, el acto administrativo recurrido por ser totalmente conforme a Derecho, solicitando asimismo la imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y admitidas con el...

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