Sentencia de TSJ Castilla-La Mancha (Albacete), Sala de lo Social, 19 de Mayo de 2000
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Resumen
RECURSO DE SUPLICACIÓN. INVALIDEZ. PENSIÓN. REVISIÓN. La fecha a la que deben quedar referidos los efectos económicos del nuevo grado de invalidez reconocido en virtud de revisión es la de la resolución administrativa que pone término al expediente de la misma índole. Se estima el recurso.
Frases clave
“ Son m?ltiples las Sentencias del T.S. en orden a fijar la fecha a la cual deben quedar referidos los efectos de la percepci?n de la pensi?n reconocida a consecuencia de una revisi?n, cuando el grado de invalidez reconocido origina una pensi?n de diferente cuant?a respecto de la que se ven?a lucrando, as?, entre otras, sentencias de 4 de mayo y 13 y 20 de julio de 1.992, 14 de junio de 1.993, 31 de enero y 31 de mayo de 1.994, 23 de septiembre de 1.997 y 24 de junio de 1.999, de todas las cuales se obtiene como doctrina jurisprudencial consolidada, en aplicaci?n de lo dispuesto en el art. 40.a) de la Orden de 15 de abril de 1.969, y en el art. 21.a) del Decreto de 23 de diciembre de 1.996, que la fecha a la que deben quedar referidos los efectos econ?micos del nuevo grado de invalidez reconocido en virtud de revisi?n es la de la resoluci?n administrativa que pone t?rmino al expediente de la misma ?ndole. ”
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Extracto
Sentencia de TSJ Castilla-La Mancha (Albacete), Sala de lo Social, 19 de Mayo de 2000
1 DON JESUS MARTÍNEZ ALMAZAN, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
CERTIFICO: Que en el recurso que a continuación se hará referencia, se ha dictado la siguiente resolución:Recurso nº: 1660/99 Ponente : Srª. García Márquez.- Fallo : 11-04-00 Iltmo. Sr. D. José Montiel González Presidente Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sainz de Baranda.Iltma. Srª.Dª.Petra García Márquez En Albacete, a diecinueve de Mayo de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 599 En el Recurso de Suplicación núm. 1.660/99, interpu...Ver el contenido completo de este documento
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