STSJ Castilla y León 18/2008, 17 de Enero de 2008

PonenteCARLOS JOSE COSME MARTINEZ TORAL
ECLIES:TSJCL:2008:127
Número de Recurso757/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución18/2008
Fecha de Resolución17 de Enero de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SALA SOCIAL

BURGOS

SENTENCIA: 00018/2008

RECURSO DE SUPLICACION Num.: 757/2007

Ponente Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral

Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez

SALA DE LO SOCIAL

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS

SENTENCIA Nº: 18/2008

Señores:

Ilma. Sra. Dª. María Teresa Monasterio Pérez

Presidenta

Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral

Magistrado

Ilmo. Sr. D. Santiago Ezequiel Marqués Ferrero

Magistrado

_________________ ______

En la ciudad de Burgos, a diecisiete de Enero de dos mil ocho.

En el recurso de Suplicación número 757/2007 interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Burgos en autos número 195/2007 seguidos a instancia de MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES FREMAP, contra DON Oscar, EXCLUSIVAS VIADAS,S.L. y las recurrentes, en reclamación sobre Seguridad Social. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Don Carlos Martínez Toral que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 4/07/2007 cuya parte dispositiva dice: Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la MUTUA FREMAP contra INSS, TGSS, DON Oscar Y EXCLUSIVAS VIADAS,S.L., debo declarar y declaro que el proceso de incapacidad temporal iniciado por el Sr. Oscar el 18-7-2006 deriva de enfermedad común, condenando a los demandados a estar y pasar por tal declaración.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: PRIMERO.- Con fecha 30-5-2006 Don Oscar, trabajador de Exclusivas Viada SL con categoría de conductor repartidor, sufrió accidente de trabajo consistente en tirón en la espalda a consecuencia del cual fue dado de baja por IT derivada de contingencia profesional por la Mutua Fremap permaneciendo en tal situación hasta el 30-6-2006 por lumbalgia de esfuerzo, encontrándose asintomático a la fecha del alta.SEGUNDO.- Con fecha 11-6-2006 se le practicó RMN en la que se apreció "discopatía degenerativa que afecta a los espacios desde L3-L4 a L5-S1. Hernia difusa y circunferencial en L3-L4. Hernia focal lateralizada a la derecha con compromiso sobre la raiz L5 derecha en L4-L5. Hernia discal focal medial y contenida sin compromiso radicular en L5- S1".TERCERO.- Con fecha 18-7-2006 causó nueva baja por IT derivada de enfermedad común con diagnóstico de "hernia discal", indicándose en el parte de baja "N" en el apartado "recaída".CUARTO.- Iniciado procedimiento administrativo de determinación de contingencia, por resolución del INSS de 22-1-2007 se declaró que dicho proceso de IT derivaba de accidente de trabajo. Interpuesta reclamación previa, fue desestimada por resolución de 15-2-2007.QUINTO.- Con fecha 26-3-2007 se interpuso demanda que fue turnada a este Juzgado.

TERCERO

Contra dicha sentencia, interpuso recurso de Suplicación el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a...

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