STSJ Comunidad Valenciana 499, 24 de Enero de 2006
Ponente | RAFAEL PEREZ NIETO |
ECLI | ES:TSJCV:2006:499 |
Número de Recurso | 1399/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 499 |
Fecha de Resolución | 24 de Enero de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TSJCV Sala Contencioso Administrativo Sección Tercera "Recurso 1399/02"
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA SENTENCIA Nº 107/06 En la ciudad de Valencia, a 24 de enero de 2006.
Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don José
Bellmont Mora, Presidente, don Luis Manglano Sada y don Rafael Pérez Nieto, Magistrados, el recurso contencioso-administrativo con el número 1399/02, en el que han sido partes, como recurrente, la Generalitat Valenciana, que actuó en el proceso bajo la representación que le es propia, y como demandada, actuando mediante la representación del Abogado del Estado, la Dirección Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Valencia.
La cuantía se ha fijado en 1.408.723,72 euros. Ha sido ponente el Magistrado don Rafael Pérez Nieto.
Interpuesto recurso y seguidos los trámites establecidos por la ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara demanda, lo que verificó en escrito mediante el que quedó ejercitada su pretensión de anulación de la Resolución impugnada.
La parte demandada formuló escrito por el que solicitó la desestimación del recurso.
El proceso no se recibió a prueba y los autos quedaron pendientes para votación y fallo.
Se señaló para votación y fallo el día 24 de enero de 2006.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
El objeto de la impugnación del presente recurso contencioso-administrativo es la Resolución de la Dirección Territorial de la Inspección General de Trabajo de Valencia, pronunciada a 28-5-2002, por la que se desestiman los recurso ordinarios interpuestos contra las Resoluciones dictadas el 7-1-2000 por el Jefe de la Unidad de Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Valencia, con relación a las actas de liquidación de cuotas del Régimen General de la Seguridad Social núm. 628/01 por importe de 156.704,72 euros, 629/01 por importe de 491.013,52 euros, 630/01 por importe de 435.342,02 euros y 631/01 por importe de 325.663,46 euros, practicadas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Valencia.
Tales actas, como se explicita en la Resolución impugnada se extendieron con relación a "...la existencia de colegios dependientes, en la Consellería de Educación de Valencia, de personal que presta sus servicios en los comedores escolares de centros de enseñanza como cuidadores de alumnos en cada uno de los centros relacionados en las actas y durante los años 1998, 1999 y 2000. En las relaciones figuran como 'educadores' y en otras ocasiones como 'encargados'. (...) Existe una Circular de la Consellería de Educación y Ciencia de la Generalitat Valenciana sobre comedores escolares (enero 2000-2001) que establece las condiciones de tales cuidadores durante la hora de la comida de los alumnos, con el fin de vigilarlos y estar atentos a cualquier contingencia durante ese tiempo. Por dichas labores perciben una cantidad, que se detalla en cada caso en las actas, y que, de acuerdo con la Circular de la Consellería, se ha denominado como becas de colaboración que no generan relación laboral. Existe una tabla de retribuciones. No han sido dados de alta en el Régimen general de la Seguridad Social, ni cotizado al mismo por las retribuciones percibidas (...). La relación jurídica que une a los afectados con la Administración...
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