Sentencia de TSJ Asturias (Oviedo), Sala de lo Contencioso, 19 de Enero de 2000
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
DEVOLUCIÓN DE RETENCIONES AL TRABAJO PERSONAL Y ACTIVIDADES PROFESIONALES. DUPLICIDAD IMPOSITIVA. Se reclama contra sentencia desestimatoria de demanda. Se produce una duplicidad impositiva al pretender la Administración obtener las cantidades que ya percibió previamente del contribuyente mismo, originándose un enriquecimiento injusto a su favor, a la relativa a la improcedencia de la sanción, por ausencia de culpabilidad, y al pago de intereses, al no depender su declaración de la efectiva retención e ingreso a cuenta, dada la posibilidad de elevar al íntegro las cantidades percibidas, ni depende tampoco de la conducta del contribuyente la declaración o no de las cantidades que debieron retenerse, sin que ninguna responsabilidad pueda imputarse a la Administración de producirse dicho enriquecimiento por no deducir el contribuyente las cantidades que se debieron retener, ya que estamos ante la omisión de las obligaciones que recaían respectivamente sobre el retenedor y el contribuyente, quienes en su caso podrán exigir, mediante la acción en vía de regreso, el abono de las cantidades que estimase indebidamente impagadas. Se estima parcialmente el recurso contencioso administrativo impuesto.
Ver el contenido completo de este documento
Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Demandado, Demandante
Extracto
Sentencia de TSJ Asturias (Oviedo), Sala de lo Contencioso, 19 de Enero de 2000
RECURSO Nº 1.626/96 SECCION SEGUNDA S E N T E N C I A Nº 54 Ilmos. Sres.
Presidente:D. Luis Querol Carceller Magistrados:D. Antonio Robledo Peña D. Julio L. Gallego Otero En Oviedo a diecinueve de enero de dos mil. La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el re- curso contencioso administrativo número 1.626 de 1.996 interpuesto por el Procurador D. José...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex España
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Compañía
Otros documentos:
Sentencia nº 64/2000 de AP Córdoba, Sección 2ª, May 29, 2000 | 230920 Naturaleza Cultural Sl. | arrecife pagará las horas extra con días libres | sentencia de ap tarragona sección 2ª june 27 2001 | Star Tells of Dyslexia | No Excuses for Cup Humiliation | Motor Racing: Loeb's Great Start ; Sport Shorts Motorsport | Pearl of a School