STSJ Andalucía 1304/2007, 12 de Abril de 2007
Ponente | MARIA BEGOÑA RODRIGUEZ ALVAREZ |
ECLI | ES:TSJAND:2007:2418 |
Número de Recurso | 3439/2006/ |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 1304/2007 |
Fecha de Resolución | 12 de Abril de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
1304/2007
Recurso nº 06-3439 IN Sent. 1304/07
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
Iltma. Sra. Dña. MARIA BEGONA RODRÍGUEZ ALVAREZ, Presidenta
ILTMO. SR. D. FRANCISCO ALVAREZ DOMÍNGUEZ
ILTMA. Sra. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA
En Sevilla, a doce de abril de dos mil siete.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA NÚM. 1304/07
En el recurso de suplicación interpuesto por D. Jose Ángel, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número DOS de los de CÁDIZ en sus autos nº 397/05; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. MARIA BEGONA RODRÍGUEZ ALVAREZ, Magistrada.
Según consta en autos, se presentó demanda por MUTUAL CYCLOPS, contra D. Jose Ángel, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General Seguridad Social e INDUSTRIAS METALICAS DE CHORRO Y LIMPIEZA SL., sobre PRESTACIONES se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 2/03/2006 por el Juzgado de referencia, con estimación de la demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
"PRIMERO.- D. Jose Ángel, nacido el 16/01/67, comenzó a prestar servicios para la empresa Industrias Metálicas de Chorro y Limpieza, S.L. dedicada a la actividad de reparación y mantenimiento de buques el 11-1-02 con la categoría profesional de andamiero.
Dicha empleadora tiene cubiertas las contingencias derivadas de accidente laboral con la Mutual Cyclops estando al día en el pago de las cuotas correspondientes.
D. Jose Ángel el 12-3-03 cuando prestaba servicios para Industrias Metálicas de Chorro y Limpieza, S.L. sufrió una caída desde altura, siendo dado de baja médica en tal fecha derivada de accidente laboral por los servicios médicos de la Mutual Cyclops.
Por resolución de la Dirección Provincial del I.N. S.S. de fecha 4-1-05 previo informe médico de síntesis de 14-6-04 se declaró a D. Jose Ángel en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de andamiero derivada de accidente laboral con derecho al percibo de pensión vitalicia del 55% de una base reguladora de 1.902,77 euros en 12 pagas anuales con efectos del 25-6-04 siendo responsable de su abono la Mutual Cyclops.
A consecuencias del accidente laboral sufrido el 12-3-03 D. Jose Ángel padece las siguientes secuelas: hernia discal lumbar L5-S1 intervenida. Hernia discal L4-L5.
D. Jose Ángel en el año anterior al accidente laboral de fecha 12-3-03 en el que trabajó efectivamente 216 días siendo los días laborales según convenio 224, percibió de la empresa Industrias las siguientes cantidades por los conceptos que se indican:
-Salario diario: 28,97 euros. -Plus trabajos nocturnos: 1.559,98 euros.
-Paga extra julio: 896,10 euros -Plus empleo estable: 336,18 euros.
-Paga extra diciembre: 896,10 euros -Plus beneficios: 1.792,20 euros.
-Plus incentivo: 6.164,05 euros.
Las bases de cotización de D. Jose Ángel del período 13-3-02 a 12-3-03 ascendieron a las siguientes cantidades:
Año Mes Base de Cotización
2003Marzo736,56
2003Febrero 1.902,77
2003Enero 1.902,77
2002Diciembre 1.902,77
2002Noviembre 1.902,77
2002Octubre 1.902,77
2002Septiembre 1.902,77
2002Agosto 1.902,77
2002Julio 1.902,77
2002Junio 1.902,77
2002Mayo 1.902,77
2002Abril 1.902,77
2002Marzo 1.166,21
Se ha agotado en forma la vía administrativa previa".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el codemandado SR. Jose Ángel, que ha sido impugnado por la parte actora.
Frente a la sentencia de instancia que estimando la demanda de la Mutua Cyclops y desestimando la del trabajador declaró a este en I. Permanente Parcial, se alza este en Suplicación...
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