STSJ Comunidad de Madrid , 7 de Febrero de 2001

PonenteJOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA
ECLIES:TSJM:2001:1639
Número de Recurso2735/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA RECURSO NÚM: 2735/97 LETRADO SR: MUÑOZ CAMOS SENTENCIA Núm 178 Ilmos. Sres.:

Presidente D. Jose Alberto Gallego Laguna Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez D. Santos Gandarillas Martos Dña. María Antonia de la Peña Elías D. Jose Ignacio Zarzalejos Burguillo -- -- En la Villa de Madrid a siete de febrero de dos mil uno. Visto por la Sala del margen el recurso núm 2735 de 1.997, interpuesto por D. Mariano , representado por el LETRADO Sr MUÑOZ CAMOS, contra Fallo del Tribunal Económico Administrativo de Madrid de 23 de mayo de 1997, reclamación 28/09672/95 en concepto de RENTA PERSONAS FISICAS; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia por la que se declare la nulidad del mismo así como la de las que rae causa, condenando a la Administración al pago de las costas procesales.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 6 de febrero de 2001, en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Jose Alberto Gallego Laguna

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso administrativo la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid con fecha 23 de mayo de 1.997 en la que acuerda desestimar la reclamación número 28/09672/95 interpuesta contra liquidación derivada de las actas de Inspección correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los años 1.989, 1.990, 1.991, 1.992 y 1.993, por importes de 1.736.505, 2.800.938, 2.355.090, 2.943.773 y 2.249.108 pesetas, respectivamente.

SEGUNDO

El recurrente solicita que se declare la nulidad de la resolución recurrida así como la de las liquidaciones derivadas de las Actas de conformidad de las que trae causa, alegando, en síntesis, como fundamento de su pretensión, infracción del art 145 de la L.G.T. por falta de motivación, de las actas y de los informes complementarios, nulidad de las liquidaciones de los ejercicios 1.989, 1.990 y 1.991 por aplicación retroactiva improcedente de la Ley 18/1991, improcedencia de las sanciones al no existir infracción tributaria,...

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