STSJ Comunidad de Madrid 647/2008, 10 de Abril de 2008
Ponente | FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION |
ECLI | ES:TSJM:2008:5868 |
Número de Recurso | 158/2008 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 647/2008 |
Fecha de Resolución | 10 de Abril de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
AP 158/08
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
SENTENCIA: 00647/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
APELACIÓN Nº 158/08
SENTENCIA Nº 647
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Alfredo Roldán Herrero
Magistrados:
Doña Clara Martínez de Careaga y García
Dª Francisca Rosas Carrión
Dª María Jesús Vegas Torres
Don José Félix Martín Corredera
En Madrid, a diez de abril de dos mil ocho.
La Sala, integrada por los Sres. del margen, ha visto el presente recurso de apelación nº 158/08 interpuesto por el Letrado Sr. León Serrano en nombre de don Carlos Manuel, contra el auto de 26 de noviembre de 2007, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 20 de Madrid, dictado en la pieza separada de medidas cautelares del Procedimiento Abreviado tramitado con el número 866/2007 de su registro, seguidos a instancia del mismo, contra la Administración General del Estado sobre expulsión.
Con fecha 26.11.2007 y por el Juzgado se dictó auto en cuya parte dispositiva acordaba el archivo de las presentes actuaciones.
Con fecha 4.1.08 y por el Letrado Sr. León Serrano se interpuso recurso de apelación mediante escrito en cuyo suplico interesaba se tenga por presentado este escrito y se interpuso el recurso de apelación contra el auto de fecha 26 de noviembre de 2007.
Admitido el recurso a trámite y dado traslado a la parte apelada, por la misma se formalizó oposición suplicando el Sr. Abogado del Estado se declare la desestimación del recurso interpuesto.
Recibidos los autos en esta Sala se señaló para votación y fallo el día 10.4.08, fecha en que tuvo lugar.
Es Ponente la Sra. Magistrado Dª. Francisca Rosas Carrión.
En nombre de don Carlos Manuel, nacional de Rumania, se ha interpuesto el presente recurso de apelación contra el auto dictado en fecha de 26 de noviembre de 2007 por el Juzgado del Contencioso Administrativo número 20 de Madrid, en los autos de Procedimiento Abreviado tramitados con el número 866/07 de su registro, mediante el que, en aplicación del artículo 56.2 de la Ley Jurisdiccional, se declaró la inadmisibilidad y se acordó el archivo de recurso contencioso administrativo en materia de expulsión, al no haberse subsanado un defecto de representación procesal en el plazo concedido en el requerimiento que a tal fin se formuló.
Insta el apelante la revocación del auto impugnado, alegando, en esencia que el Letrado tiene atribuida la representación del recurrente al haber sido designada por el Turno de Oficio y también conforme al artículo 8 del Estatuto General de la Abogacía, y otras normas concordantes, que, habiéndose solicitado el nombramiento de Procurador de oficio, debió el Juzgado solicitarlo, en aplicación de los artículos 21 y 27 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y de la doctrina expresada en la sentencia del Tribunal Supremo de 16 de noviembre de 2006, añadiéndose, por último, que el auto impugnado no es congruente con la previa actuación del Juzgado, que le ha requerido de subsanación y notificado sus resoluciones.
La Abogacía del Estado ha impugnado el presente recurso de apelación.
Como tenemos declarado en numerosas sentencias, la parte actora, que en un recurso contencioso administrativo siempre ha de estar en el proceso, puede hacerlo, conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de la Jurisdicción : a) por sí misma firmando los escritos con asistencia de Letrado, cuando la Ley lo permita; b) representada y defendida simultáneamente por Letrado con poder bastante o apoderamiento apud acta, también cuando así esté autorizado; c) asistida de Letrado y representada por Procurador...
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