STSJ Navarra , 4 de Septiembre de 2003

PonenteIGNACIO MERINO ZALBA
ECLIES:TSJNA:2003:1140
Número de Recurso48/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 000894/2003 ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. IGNACIO MERINO ZALBA MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PEREZ D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA En Pamplona/Iruña ,a , , cuatro de septiembre de dos mil tres.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 0000048/2002, promovido contra el Acuerdo del Gobierno de Navarra, adoptado en sesión celebrada el 26 de noviembre de 2001, por el que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra Resolución de 18 de diciembre de 2000, del Director General de la Función Pública, siendo en ello partes: como recurrente D. Luis Manuel , quien como funcionario asume su propia representación procesal , QUIEN y como demandado EL GOBIERNO DE NAVARRA, representado y dirigido por el Sr. Asesor Jurídico-Letrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el presente contencioso se impugnan las resoluciones reseñadas en el encabezamiento que precede, solicitándose su nulidad por hallarlas en disconformidad al Ordenamiento Jurídico, según los razonamientos que luego serán objeto de estudio.

SEGUNDO

El Sr. Asesor Jurídico-Letrado del Gobierno de Navarra, se opone a todo ello sustentando la legalidad de los acuerdos impugnados, siguiendo la línea marcada por las resoluciones combatidas en vía administrativa y en atención a las razones que da en sus escritos correspondientes que constan a disposición de las partes y que no vamos a reproducir para evitar inútiles reiteraciones, ya que, también a continuación van a ser objeto de estudio.

TERCERO

Seguido el pleito por todos sus trámites se entregaron al Iltmo. Sr. Magistrado Ponente para señalamiento en votación y fallo, el que tuvo lugar el día 3 DE SEPTIEMBRE DE 2003 A LAS 11.30 HORAS.

Es Ponente el Iltmo Sr. D. IGNACIO MERINO ZALBA II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso presenta unos aspectos peculiares tanto en sus antecedentes fácticos -que no vamos a reproducir por ser bien conocidos por las partes- como en el planteamiento jurídico.

La situación en que ha quedado colocado el recurrente en verdad que puede ser considerada como anómala , en cuanto sus homónimos colegas de las distintas dependencias del I.N.EM. han sido transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, mientras que éste, el recurrente, queda en el ámbito estatal y además con cambio de denominación del puesto y/o función. No obstante, intentaremos dar respuesta a las cuestiones planteadas.

SEGUNDO

Deja caer, paladinamente, la Administración demandada una posible causa de inadmisibilidad -no la articula así expresamente- en cuanto se dice que se está impugnando el R.D. 811/1999 de transferencias de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral relativas a las gestiones realizadas por el Instituto Nacional de Empleo (I.N.E.M.), según su anexo, con invocación de la sentencia de esta misma Sala y Sección de 6 de abril del pasado año de la que entresacamos el texto que más nos interesa, el que reza así:

Los Reales Decretos que aprueban el traspaso de funciones y servicios del Estado a las Comunidades Autónomas regulan ex novo las...

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