STSJ Aragón 321/2006, 24 de Mayo de 2006

PonenteEUGENIO ANGEL ESTERAS IGUACEL
ECLIES:TSJAR:2006:809
Número de Recurso76/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución321/2006
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SECCIÓN 2ª)

- Recurso n° 76 del año 2.003 -SENTENCIA Nº 321 DE 2.006

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES

PRESIDENTE

D. Jaime Servera Garcías

MAGISTRADOS

D. Eugenio A. Esteras Iguacel

D. Fernando García Mata

En Zaragoza a veinticuatro de mayo de dos mil seis.

En nombre de S.M. el Rey.

VISTO, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN (Sección 2ª), el recurso n° 76 de 2.003, seguido entre partes, como demandante, D. Ignacio , representado por la Procuradora Dª. Mª. José Cristina Sanjuán Grasa y defendido por el Letrado D. Camilo Pablo Deza Villasán; como demandada la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, representada y defendida por el Letrado de su Servicio Jurídico.

Es objeto de impugnación la desestimación de la Junta de Reclamaciones EconómicoAdministrativas de 28-10-02 de reclamación n° 27/1997 contra certificación de descubierto C0200095500218042 por Cánones Concesionarios.

Procedimiento: Ordinario.

Cuantía: 5.110 63 euros.

Ponente: Ilmo. Sr. Magistrado D. Eugenio A. Esteras Iguacel.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito de 26 de febrero de 2.003 la parte actora formuló recurso contenciosoadministrativo contra las resoluciones citadas que dio lugar a la incoación de los presentes autos n° 76/03.

SEGUNDO

Previa la interposición del recurso y aportación del expediente administrativo, la parteactora dedujo demanda en súplica de que se dicte "Sentencia por la que estimando el presente Recurso se anule la Resolución impugnada y el procedimiento de apremio seguido, condenando a la Administración demandada al pago de las costas causadas".

TERCERO

La Administración demandada, en su contestación a la demanda, suplicó se dictara sentencia desestimatoria del recurso.

CUARTO

No habiéndose solicitado recibimiento a prueba del proceso, ni formulado conclusiones escritas, se señaló para votación y Fallo del recurso el día 10 de mayo de 2.006.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso jurisdiccional se cuestiona la conformidad con el ordenamiento jurídico de la resolución de 28 de octubre de 2002, de la Junta de Reclamaciones EconómicoAdministrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, desestimatoria de la reclamación n° 27/1997 formulada por el actual demandante contra resolución de 17 de junio de 1997 del Servicio de Tesorería de la Dirección General de Presupuestos y...

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