STSJ País Vasco , 25 de Marzo de 2008

PonenteEMILIO PALOMO BALDA
ECLIES:TSJPV:2008:1196
Número de Recurso228/2008
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2008
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 228/2008

N.I.G. 48.04.4-07/004659

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

En la Villa de Bilbao, a veinticinco de marzo de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los Ilmos. Sres. D. JUAN CARLOS ITURRI GARATE, Presidente en funciones, D. EMILIO PALOMO BALDA y D. JUAN CARLOS BENITO BUTRON OCHOA, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Fidel, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao, de fecha diecisiete de octubre de dos mil siete, dictada en los autos núm. 458/07, seguidos a su instancia, frente a BILZA S.A. y el MINISTERIO FISCAL, sobre Despido (DSP).

Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. EMILIO PALOMO BALDA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

1).- El actor D. Fidel, con DNI NUM000, ha venido prestando sus servicios por cuenta y a las órdenes de la empresa demandada Bilza S.A., como Encargado, antigüedad desde el 16/07/1979 y salario bruto mensual de 1.643,31 euros (54,77 euros/día) con inclusión de parte proporcional de pagas extras.

2).- Los servicios se vinieron prestando en el centro de trabajo Bingo Zeru-Aundi sito en la Avda. Lehendakari Agirre nº 13-15 de Bilbao, en el que asimismo prestaba sus servicios como vendedora-locutora Doña Trinidad.

3).- D. Fidel y Doña Trinidad mantuvieron una relación sentimental durante un periodo aproximado de tres años, concluyendo la misma en el mes de Marzo de 2007.

4).- El 17/05/07 D. Fidel tuvo noticia de que Doña Trinidad había quedado con otras personas para salir y, al finalizar la jornada entre las 22,30 y 23 horas, encontrándose ambos todavía en el centro de trabajo, el actor se dirigió a los servicios de mujeres donde se encontraba Doña Trinidad, preguntándole adonde iba, contestando aquélla que no le importaba. Instantes después, estando Doña Trinidad sola en el vestuario del centro de trabajo, el actor penetró en el mismo agarrándola por el cuello, cayendo Doña Trinidad sobre las taquillas.

La empleada Doña Nuria presenció como Doña Trinidad salió roja y llorando del vestuario.

5).- Asimismo y según resulta de la deposición de Doña Nuria, en fechas que no han sido precisadas en autos pero en todo caso en los meses previos al despido impugnado, la citada testigo ha presenciado cómo el actor se dirigía en el centro de trabajo a Doña Trinidad empleando la expresión "puta".

También según resulta de la deposición de Don Héctor, en una fecha no precisada entre el mes de Marzo y Abril de 2007, el citado testigo, camarero del Bingo Zeru Aundi, presenció como, encontrándose en el puesto de admisión del local, el actor agarró por el pelo a Doña Trinidad apartándola de la silla que ocupaba.

6).- Doña Trinidad causó baja voluntaria en la empresa el 28/05/07.

7).- La empresa remitió al trabajadora carta fechada el 30/05/07 del siguiente tenor literal:

"Muy Sr. nuestro:

Una vez analizados por la Dirección de la empresa los hechos acaecidos desde hace unos cinco meses hasta el pasado día 17 de mayo y conocidos por la dirección de la empresa el lunes, 21 de mayo de 2007, ha tomado la decisión de sancionarle disciplinariamente con el despido de la empresa, con efectos al día 31-mayo-2007.

Fundamentos de hecho

El pasado lunes 21 de mayo de 2007, día en que Ud. disfrutaba su descanso semanal, la trabajadora Trinidad, con categoría vendedor-locutor del Bingo Zeru Aundi -departamento del que Ud. es Jefe de Sala- acudió al despacho del Jefe de Personal D. Jesús María para relatarle una serie de hechos que le habían ocurrido.

Según su testimonio, entre usted y ella surgió una relación amorosa que perduró en el tiempo durante varios meses. Aproximadamente en Enero del presente año ella le comunicó a Ud. su intención de acabar con dicha relación. Al parecer, usted no encajó bien dicha ruptura y comenzó a acosar a la trabajadora fuera del trabajo pero también en él, amparado por su superioridad jerárquica.

Sin haber precisado fechas concretas, la trabajadora describió cómo usted la acosaba constantemente con frases como "si no estás conmigo, no vas a estar con nadie" o "eres una zorra, si no te follo no estás contenta". En alguna ocasión llegó a agredirla físicamente cogiéndola del pelo y arrojándola contra el suelo. También era habitual que la cogiera por detrás del brazo y la pellizcase con fuerza produciéndole hematomas (en el momento de relatar estos hechos al Jefe de Personal mostró a éste uno de esos hematomas en el brazo).

También reconoce la trabajadora que durante estos últimos meses la situación de acoso era tal que ella se encontraba absolutamente hundida y deprimida, e incluso que en alguna ocasión llegó a consentir tener relaciones sexuales para intentar frenar el acoso. Confesó en su declaración que en Enero de este año, cuando solicitó el cese voluntario de la empresa y luego se retractó siguiendo una baja por I.T. desde el día 19 hasta el 31 de dicho mes, estaba absolutamente aterrorizada por el comportamiento de usted, lo cual le producía una ansiedad insuperable e incompatible con el trabajo.

Como colofón a esa gravísima actitud de acoso, al cierre de la sesión del pasado jueves 17 de mayo, usted escuchó una conversación entre Trinidad y otra compañera, Nuria, en la cual se contaban cómo aquella había quedado con unas amigas para tomar unas copas.

En un momento en el que ella acudió a los servicios de mujeres usted entró en ellos y le preguntó ¿con quién has quedado tú a tomar unas copas? A lo que ella le respondió que no tenía porqué darle explicaciones de con quién quedaba. Enfurecido por la respuesta Ud. volvió a acosarle preguntándole a ver si creía que podía quedar con cualquiera, lo que provocó en ella un estado de nerviosismo y sollozo que hizo que se refugiara en el vestuario de mujeres. En ese momento oyó un tremendo estruendo que achacó a una patada de rabia en la puerta junto con unas voces tipo "cago en Dios ".

A los pocos segundos Ud. entró en el vestuario donde ella se refugiaba y mediando todo tipo de improperios como "¿ahora vas a follar con otro?" o "puta", "prostituta", etc., la agredió cogiéndola por el cuello como si fuera a asfixiarla, arrojándola posteriormente con violencia contra las taquillas.

Los días posteriores no volvió a encontrarse con usted dado que ella tenía fiesta el viernes y el sábado y usted mismo, el domingo y el lunes.

El martes, 22, según se incorporó Ud. a su trabajo fue citado en la empresa por el Jefe de Personal para comunicarle la acusación presentada por la trabajadora y escuchar su versión de los hechos. Ante éste y el Director, D. Inocencio, usted admitió la realidad de dicha relación y la comisión de algunos "errores" aunque suplicó que se le perdonara para no echar por tierra "30 años en la empresa". En ese momento se le pidió que abandonara el centro de trabajo hasta recibir nuevas instrucciones.

Ese mismo día por la tarde el Director y el Jefe de Personal se reunieron con Trinidad para exponerle la medida cautelar que había tomado la empresa. Ella volvió a relatar todo el "infierno" vivido en los últimos meses al Sr. Inocencio. Por parte de la empresa, se le recomendó acudir a la Policía o al Juzgado para denunciar los hechos.

Otro compañero suyo, Pedro Miguel, pudo hablar el mismo domingo con la Sra. Trinidad y ella le contó con "pelos y señales" los momentos de acoso y agresión sufridos. Él le recomendó que denunciara los hechos ante la Policía y lo pusiera el mismo lunes en conocimiento de la empresa.

Por parte de la empresa se ha podido constatar durante estos días posteriores a la última agresión cómo algunos compañeros del Bingo habían sido testigos mudos de algunas de esas situaciones conflictivas. Algunas eran meras discusiones de pareja que, simplemente, por lo inadecuado del lugar y el volumen de los gritos, trascendían a parte de la plantilla; pero en otras eran auténticas situaciones de acoso en las que Ud. insultaba y vejaba gravemente a la trabajadora.

Algunos compañeros, entre ellos Nuria, pudieron escuchar en diferentes ocasiones cómo usted le profería frases como "puta" o "todo el mundo va a saber que eres una prostituta" dentro de la Sala de Bingo. A su vez, Héctor, camarero de Casa Vasca, que atiende habitualmente el servicio de cafetería del Bingo, nos ha comunicado que él pudo presenciar hace unos meses aquel episodio en el que Ud....

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