Sentencia de TSJ Andalucía (Sevilla), Sala de lo Contencioso, 29 de Marzo de 2007

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Resumen


"PERMISO DE RESIDENCIA TEMPORAL. La incorporación real o potencial al mercado de trabajo se ha de acreditar mediante la presentación de una oferta de empleo que ha de ser contrastada en cuanto a su veracidad y efectividad y lo cierto es que la oferta de empleo presentada en su momento oportuno no tenía fecha, y además se decía que era para trabajos eventuales como peón agrícola en labores de ""recolección de fresas en los meses de marzo, abril y mayo"", lo que resta a la oferta tales condiciones. Se deniega el permiso de residencia temporal. Se desestima el recurso contencioso-administrativo."

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Extracto


Sentencia de TSJ Andalucía (Sevilla), Sala de lo Contencioso, 29 de Marzo de 2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN SEVILLA.

SECCIÓN TERCERA

RECURSO Núm.972/2002

Registro General Núm. 3.784/2002.

SENTENCIA

Iltmos. Sres. Magistrados

Don Victoriano Valpuesta Bermúdez. Presidente.

Don Joaquín Sánchez Ugena.

Don Eloy Méndez Martínez

En la ciudad de Sevilla, a veintinueve de marzo del año dos mil siete.

Vistos por la Sala en Sevilla de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justi...

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