STSJ Comunidad Valenciana , 3 de Mayo de 2001

PonenteFERNANDO NIETO MARTIN
ECLIES:TSJCV:2001:3884
Número de Recurso3019/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n°/03/3.019/1997.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia, a tres de mayo de 2001.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Iltmos. Sres. D. JOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA, Presidente, D. JOSE BELLMONT MORA Y D. FERNANDO NIETO MARTIN, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUMERO 664/01 En el recurso contencioso-administrativo n° 3.019/1997 interpuesto por DON Diego , representado y defendido por la Letrada Doña Eva Pérez Fuchol, contra la resolución adoptada el día cinco de diciembre de 1996 por el Sr. Secretario General de la Delegación de Gobierno en Valencia, confirmada en sede de recurso ordinario el diecinueve de mayo de 1997 por la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior, que acordó imponer al actor una sanción patrimonial de 50.000 pesetas junto con la privación temporal de la autorización administrativa para conducir vehículos de motor durante el término de dos meses a partir de la asignación al Sr. Diego de una conducta ílicita en sede de circulación de vehículos de motor: conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas habiendo sido parte en los autos como demandado LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO NIETO MARTIN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplicó se dictase sentencia anulando la resolución recurrida.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó la desestimación del recurso.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se ha emplazado a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el artículo 78 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción, y cumplido dicho trámite quedaron los autos pendientes de votación y Fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso el día dos de mayo de 2001.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Es objeto de impugnación en este recurso contencioso-administrativo la resolución adoptada el día 5 de diciembre de 1996 por el Sr. Secretario General de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, confirmado en sede de recurso ordinario el 19 de mayo de 1997 por la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior, que acordó imponer a D. Diego una sanción patrimonial de 50.000 pesetas junto con la privación temporal de la autorización administrativa para conducir vehículos de motor. Esta atribución de responsabilidad punitiva parte de las declaraciones fácticas contenidas en el boletín de denuncia 46,/0047151652, de 31 de agosto de 1996, y de la previsión normativa vigente en el artículo 20.1 del Reglamento General de Circulación.

Por lo que respecta a ese boletín de denuncia, en el mismo se especifica que a las 10,40 horas del día 31.8.1996 el conductor del vehículo Fiat Uno 45 matrícula G-....-GF circulaba a la altura del punto kilométrico 7,500 de la carretera V-1041:

"con una tasa de alcohol superior a 0,4 mar por litro de aire aspirado 1- Prueba: 0,55 mar. 2.- Prueba:

0,51 mgr. Etilómetro Drager 7110 N Arja 0004 C 00010".

En cuanto al enunciado jurídico contenido en el tipo de infracción que le ha sido aplicado al Sr. Diego , éste es el siguiente:

" No podrá circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico .. el conductor de vehículos con tasa de alcohol en sangre superior a ..".

Son varios los argumentos impugnatorios que fundan la pretensión de invalidez articulada en estos autos por parte del aquí demandante: a.- prescripción de la acción administrativa dirigida a sancionar la conducta que se asigna a esta persona física dado que...

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