STSJ Comunidad Valenciana , 8 de Octubre de 2002
Ponente | JOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA |
ECLI | ES:TSJCV:2002:9602 |
Número de Recurso | 3557/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 8 de Octubre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.C.V. Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto n° "3557/98 "
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia a ocho de octubre de dos mil dos En la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres D. JOSE Mª ZARAGOZA ORTEGA, Presidente D. FERNANDO NIETO MARTIN y D. LUIS JIMENA QUESADA Magistrados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA N° 1555/02 En el recurso contencioso administrativo n° 3557/98 interpuesto por D. Luis , representado por la Procuradora Doña Margarita Ferra Pastor y defendido por el Letrado D. Alvaro Barquero Moratal contra resoluciones de la Dirección General de Tráfico de 4 de septiembre de 1998, y de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma Valenciana de 8 de mayo de 1998 habiendo sido parte en los autos la Administración del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE Mª ZARAGOZA ORTEGA
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase sentencia anulando las resoluciones impugnadas.
Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se declarase la plena conformidad a derecho de las resoluciones impugnadas.
No habiéndose recibido el proceso a prueba se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el art. 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, y cumplido dicho trámite quedaron los autos pendientes de votación y fallo.
Se señaló la votación y fallo del recurso para el día 1 de octubre de 2002
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Constituye objeto de este recurso contencioso administrativo, la resolución de la Dirección General de Tráfico de fecha 4 de septiembre de 1998, desestimando el recurso ordinario interpuesto por D. Luis contra acuerdo del Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma Valenciana, de 8 de mayo de 1998, que le imponía una multa de 50.000 pts y dos meses de privación del permiso de conducir, como autor responsable de una infracción del art. 20.1. del Reglamento General de Circulación (conducir un vehículo con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0'4 miligramos por litro; 1ª prueba:
0'58 mg./l, 2° prueba: 0'61 mg./l, a las 8'08 hr. Etilómetro Drager 7410 ARJA004. No desea análisis clínico).
Dicho recurrente alega en su demanda, en primer lugar, que se han vulnerado las garantías del procedimiento, pues se debían seguir, y no ha sido así, determinadas formalidades y...
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