STSJ Comunidad Valenciana 6631, 24 de Octubre de 2005

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2005:6631
Número de Recurso539/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución6631
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.C.V. Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Tercera Recurso: 539/02 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la Ciudad de Valencia, a veinticuatro de octubre de dos mil cinco.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. DON EDILBERTO JOSÉ NARBÓN LAINEZ, Presidente, DOÑA DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ y DOÑA AMPARO PÉREZ NAVARRO, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 1939/05 En el recurso contencioso-administrativo nº 539 de 2002, interpuesto por LA UNIÓN ALCOYANA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por la Procuradora de los Tribunales Doña María Teresa Sánchez Moya y dirigida por el Letrado Don José Barrachina Mataix, contra la resolución del Conseller de Economía, Hacienda y Empleo de la G.V., de fecha 1.2.2002.

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada la ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALIDAD VALENCIANA, representada y dirigida por Letrado de sus Servicios Jurídicos; siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña AMPARO PÉREZ NAVARRO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte actora para que formalizara demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia, en virtud de la cual se declare contraria a derecho y nula la resolución impugnada, reintegrando a la demandante el importe embargado de 9.834,99 , más los intereses de demora, con expresa imposición de costas a la Administración demandada.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia desestimatoria, con todos los pronunciamientos favorables a la Administración..

TERCERO

No habiéndose recibido el pleito a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones, y verificado, se declaró el pleito concluso, quedando pendiente de su señalamiento para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 14 de septiembre de dos mil cinco, en que tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia, debido al cúmulo de asuntos que penden en la mesa del ponente.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra la resolución de fecha 1.2.2002, dictada por el Conseller de Economía, Hacienda y Empleo de la Generalidad Valenciana, que desestima el recurso de alzada interpuesto por la recurrente contra providencia de apremio dimanante de factura del Hospital La Fe de Valencia, por asistencia sanitaria prestada a D. Jose Daniel , a causa de un accidente de tráfico, particular asegurado en dicha Compañía.

SEGUNDO

Para la resolución del supuesto traído a nuestra consideración, son hechos de los que debemos partir los siguientes:

  1. )- El mes de Junio de 1991, se atendió a D. Jose Daniel , por lesiones producidas en un accidente de tráfico., remitiéndose a la Compañía de Seguros, hoy demandante, parte de asistencia que es notificado el 12.8.1991.

  2. )- Con fecha 19.2.1992, se le...

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