Sentencia de TSJ Comunidad Valenciana (Valencia), Sala de lo Contencioso, 6 de Octubre de 2001

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Resumen


Se desestima el recurso de apelación. Siendo cierta la incorrecta redacción del Fallo de la Sentencia apelada, en cuanto, en lugar de desestimar el recuso, debió declarar su inadmisión, el primer motivo de apelación sustentado sobre el tenor literal del art. 78.8 de la Ley Jurisdiccional, no es acogible porque si bien el precepto permite al Juez resolver en el acto lo que proceda sobre la inadmisibilidad del recurso, ello no impide que se acuerde la misma en Sentencia tal como dispone el art. 68.a)

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Extracto


Sentencia de TSJ Comunidad Valenciana (Valencia), Sala de lo Contencioso, 6 de Octubre de 2001

Rollo de apelación 289/2000 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Siete de Valencia Recurso 106/2000 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia número 1019 /2.001 Ilmos. Sres.

Presidente Don José Martínez Arenas Santos...

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