STSJ Cataluña , 9 de Noviembre de 2004

PonenteJORDI AGUSTI JULIA
ECLIES:TSJCAT:2004:12565
Número de Recurso5075/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA CATALUNYA SALA SOCIAL AD ILMO. SR. JORDI AGUSTÍ JULIÀ

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO ILMO. SR. ANTONIO GARCÍA RODRÍGUEZ En Barcelona a 9 de noviembre de 2004 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 7806/2004 En el recurso de suplicación interpuesto por Íñigo frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Figueres de fecha 18 de marzo de 2003 dictada en el procedimiento Demandas nº 41/2003 y siendo recurridos DEPARTAMENT DE TREBALL y I.N.E.M. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. JORDI AGUSTÍ JULIÀ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 10 de febrero de 2003 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 18 de marzo de 2003 que contenía el siguiente Fallo:

Que, desestimando la demanda interpuesta por la representación de Íñigo contra el INEM y la OFICINA DE TREBALL DEL DEPARTAMENT DE TREBALL DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de todos los pedimentos en su contra formulados.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Íñigo estaba desempleado en fecha 8.07.02, momento en que presentó solicitud de incorporación al programa de renta activa de inserción ante el INEM de Figueres.

SEGUNDO

Según certificación emitida por la Jefe de la OTG de Figueres del Departament de Treball -folios 83,84-, el actor no reúne el requisito de haber completado el mínimo de 12 meses inscrito, constatando en los periodos inmediatos a la fecha de efectos de la solicitud (8.07.02) diversos periodos de alta/baja de inscripción como desempleado. La relación de periodos constatados se relaciona seguidamente:

- Inscrito de alta del 19.08.1997 hasta el 17.04.1998, fecha en que resultó dado de baja por encontrar colocación sin oferta previa.

- Inscrito de alta del 30.04.1999 hasta el 3.08.1999, fecha en que resultó dado de baja por falta de renovación de la demanda.

- Inscrito de alta del 1.10.1999 hasta el 5.01.2000, fecha en que resultó dado de baja por no renovación de la demanda.

- Inscrito de alta del 25.01.2000 hasta el 3.04.2000, fecha en que resultó dado de baja por encontrar colocación sin oferta previa.

- Inscrito de alta del 6.07.2000 hasta el 9.10.2000, fecha en que resultó dado de baja por no renovación de la demanda.

- Inscrito de alta del 3.04.2001 hasta el 12.04.2001, fecha en que resultó dado de baja por encontrar colocación sin oferta previa.

- Inscrito de alta del 26.04.2001 hasta el 30.07.2001, fecha en que resultó dado de baja por falta de renovación de la demanda.

- Inscrito de alta del 7.08.2001 hasta el 25.02.2002, fecha en que resultó dado de baja por encontrar colocación sin oferta previa.

- Inscrito de alta desde el 7.05.2002 al 28.06.2002, fecha en que resultó dado de baja por encontrar colocación sin oferta previa.

- Inscrito nuevamente de alta como demandante de empleo desde el 4.07.2002 consta que tal hasta el 5.03.2003, fecha de emisión de la certificación.

TERCERO

Mediante resolución de 8.08.02 resultó rechazada la solicitud, por considerar que en el momento de la solicitud el acto no había completado un mínimo de 12 meses de inscripción ininterrumpida como demandante de empleo. En aplicación de lo dispuesto en la letra b), del nº 1, de la norma 2, de la Disposición adicional primera del R.D. Ley 5/2002 .

CUARTO

El informe de Vida Laboral emitido por la TGSS -folio 34-, deja constancia de las últimas prestaciones de servicios efectuadas por el actor:

- 9 días trabajados, del 20.02.02 al 28.02.02 para Rallye Estación Servicio S.A. - 8 días trabajados, del...

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