Sentencia de TSJ Castilla y León (Burgos), Sala de lo Contencioso, 28 de Abril de 2000
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Resumen
"LICENCIA DE ACTIVIDAD. ESTIMACIÓN PARCIAL. Es objeto del presente recurso el Acuerdo del Ayuntamiento de Valseca Segovia de 25 de junio de 1998 por la que se revoca la certificación de acto presunto expedida a favor del recurrente y se deniega la licencia de actividad solicitada. El tribunal entiende que la naturaleza reglada de la decisi?n sobre el otorgamiento de las licencias urban?sticas rige tambi?n cuando se trata de actividades molestas. As? la S.T.S. de 15-12-1.989 proclama que las licencias municipales no son actos discrecionales, sino reglados; que no s?lo es reglado el acto de la concesi?n, sino tambi?n el contenido de los mismos; y que la licencia, como t?cnica de control de una determinada normativa no puede desnaturalizarse y convertirse en medio de conseguir, fuera de los cauces leg?timos, un objetivo distinto; que, en definitiva, la licencia debe ser concedida o denegada en función de la legalidad vigente, sin que puedan exigirse otros requisitos ni condicionamientos distintos de los que aparecen autorizados por dicha legalidad."" Se estima parcialmente el recurso interpuesto "
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Demandante
Extracto
Sentencia de TSJ Castilla y León (Burgos), Sala de lo Contencioso, 28 de Abril de 2000
de la CPAC, se estima el recurso por considerar que existen dos instalaciones y que no debe subordinarse una a otra y que no se debe de aplicar de forma automática el criterio de las distancias.
SENTENCIA En la Ciudad de Burgos a veintiocho de abril de dos mil. En el recurso contencioso administrativo numero 1318/98 interpuesto por Don Carlos Jesús representado por el Procurador Don Fernando Santamaría Alcalde y defendido por el Letrado Don Santiago Sastre Muñoz contra el Acuerdo del Ayuntamiento de Valseca Segovia de 25 de junio de 1998 por la que se revoca la certificación de acto presunto expedida a favor del recurrente y se deniega la licencia de actividad solicitada por el mismo, habiendo comparecido como parte demandada el Ayuntamiento de Valseca Segovia representado por el Procurador Don José María Manero de Pereda y defendido por el Letrado Don José María San Segundo Jiménez y la Junta de Castilla y León representada y defendida por el Letrado de la misma en virtud de la representación que por ley ostenta.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO ...Ver el contenido completo de este documento
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