STSJ La Rioja 338/2009, 4 de Noviembre de 2009

PonenteJOSE FELIX MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJLR:2009:765
Número de Recurso419/2008
Número de Resolución338/2009
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 338/2009

En la ciudad de Logroño a 4 de noviembre de 2009.

Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario, sobre ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, a instancia de "VIVIENDA Y DESARROLLO TECNOLOGICO S.L", representado por el Procurador Dª Pilar Zueco Cidraque, siendo demandado el TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO, representado y defendido, a su vez, por el Sr. Abogado del Estado, y codemandado la COMUNIDAD AUTONOMA DE LA RIOJA, representada y defendida por el Sr. Abogado de Gobierno.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado se interpuso ante esta Sala recurso contencioso-administrativo contra resolución del T.E.A.C., Sala Cuarta, Vocalía Quinta, de 22 de octubre de 2008 , desestimatoria del recurso de alzada formulado contra resolución del T.E.A.R. de la Rioja, de 31 de octubre de 2005.

SEGUNDO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuaciónadministrativa impugnada.

TERCERO

Que asimismo se confirió traslado a la Administración demandada para contestación a la demanda, lo que se verificó, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

CUARTO

Continuando el recurso por sus trámites, se señaló, para votación y fallo del asunto, el día 3 de noviembre de 2009, en que se reunió, al efecto, la Sala.

QUINTO

En la sustanciación del procedimiento se han observado las prescripciones legales.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Félix Méndez Canseco.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpuso el presente recurso contra la resolución del T.E.A.C. , Sala IV, Vocalía V, de 22 de octubre de 2008 , desestimatoria del recurso de alzada formulado contra la resolución del T.E.A.R. de la Rioja, de 31 de octubre de 2005, relativa a liquidación por importe de 457.500,99 euros, del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, derivada de la suscripción de un convenio urbanístico de ocupación directa celebrado con el Ayuntamiento de Logroño por la recurrente.

SEGUNDO

En virtud de dicho convenio el Ayuntamiento de Logroño ocupó directamente suelo urbanizable de la actora, sito en los sectores "La Ribera" y "Campus", calificado como de sistemas generales. El aprovechamiento urbanístico (13.799 metros cuadrados de uso característico residencial no urbanizado) se haría efectivo en unidades de ejecución excedentarias (en el sector "Los Lirios"). El 28 de diciembre de 2004 se suscribió acta de disconformidad por el I.T.P. y A.J.D, cuantía 457.500,99 euros.

TERCERO

La cuestión planteada en el recurso ha sido resuelta por esta Tribunal en sentencia de 4 de julio de 2006 (recurso 259/2006 y otros).

De conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la Ley Territorial 10/1998, de 2 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, la obtención prevista de dichos terrenos para sistema general era mediante el procedimiento de ocupación directa.

De este modo, en aplicación de lo previsto en el artículo 117.1 de referida ley territorial, la actora fue compensada con aprovechamientos excedentarios en otro sector; lo cual (la ocupación directa y compensaciones correspondientes a la misma) se plasmó en un convenio urbanístico de ejecución, según lo previsto en el artículo 149 de la ley territorial de Urbanismo de La Rioja.

La Administración demandada entiende que existió una transmisión de terrenos, una transmisión de la propiedad de las parcelas en las que se materializan los aprovechamientos y que la entrega de los terrenos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR